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Vencimientos de Ganancias y Bienes Personales: cuando el capricho de no prorrogar se vuelve maltrato evidente

opinión: cuando el capricho de no prorrogar se vuelve maltrato evidente

Cuando el fisco plantea que no somos dedicados en nuestra labor y que por ello se afectan las cuentas públicas, nos preguntamos: Cuándo no funcionan como deberían funcionar los aplicativos ¿no se lesiona entonces la capacidad del Estado para recaudar impuestos?


Nadie duda a esta altura que la decisión de mantener los vencimientos de las declaraciones juradas anuales sin postergar, es más un capricho de parte de los responsables de AFIP que una decisión fundada en principios o razones de administración tributaria.

Se ha llegado a un punto demasiado tenso el cual tiende a romperse definitivamente si no se cambian los actores principales de la historia.

Los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales como ya sabemos todos y todas los y las profesionales (e intuyo que AFIP también lo sabe) todos los años están programados para los días 11, 12 y 13 de junio.

Sabiendo que el período fiscal a declarar es el vencido al 31 de diciembre de cada año, no hay razón alguna que le impida a AFIP poner a disposición los aplicativos a partir del mes de abril, como máximo hasta el 10 de ese mes, para poder tener un tiempo prudencial en la liquidación y carga de las mencionadas declaraciones juradas.

Fundamentamos nuestra propuesta del mes de abril en el entendimiento que los y las empleados y empleadas en relación de dependencia tienen que informar deducciones y/o pluriempleo mediante el formulario 572 web (SIRADIG) hasta el 31 de marzo del año siguiente al cual corresponde la información.

Ahora bien, si los aplicativos no están en óptimo funcionamiento a partir de esa fecha, ya se condiciona nuestra labor profesional en el sentido de tener que juntar un montón de trabajo en poco tiempo cuando podría haberse esparcido en el tiempo de una manera mucho más eficiente.

Como ya lo ha solicitado formalmente el CPCECABA y repetido en innumerable cantidad de entrevistas su Presidenta, Gabriela Russo, debemos contar con 60 días mínimos desde la puesta a disposición de los aplicativos y hasta las fechas de vencimiento para poder trabajar dignamente.

Este año la AFIP puso a disposición los aplicativos el día 12 de Mayo por la tarde, es decir apenas 30 días antes del vencimiento original. Al mismo momento de habilitar las herramientas, el fisco ordenó una prórroga de los vencimientos pero de solo cuatro días hábiles, fijando los mismos 40 días después de la puesta a disposición de las aplicaciones.

Esto derivó en reclamos incesantes de las entidades profesionales, y ante el absoluto silencio de la administración fiscal, el CPCECABA fue a la justicia solicitando una medida cautelar que prorrogue los vencimientos a mínimo el 12 de julio, contemplando así los 60 días.

Esa medida fue otorgada por el Juzgado 12 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenando la suspensión de los vencimientos alcanzando a los/las profesionales matriculados/as en el CPCECABA que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado el acceso a los servicios de la AFIP-DGI, como también a los que realicen asesoramiento tributario.

Luego de la medida a favor del Consejo porteño, se adhirieron 22 de los restantes 23 CPCE del país (solo Corrientes no se sumó por ya tener prorrogados los vencimientos por la emergencia ígnea dictada para toda la provincia). Es decir, los profesionales de todo el país sumaron el apoyo a la gestión del CPCECABA solicitando a la AFIP una medida razonable en respeto de los matriculados y contribuyentes de toda la República.

En su momento el fisco, con Mercedes Marcó del Pont a la cabeza, emitió un comunicado a través de su sitio web manifestando que a pesar de la sentencia judicial, los vencimientos se mantenían vigentes calificando a su vez de lamentable el accionar de la jueza que ordenó una medida interina porque, según el Organismo, se pretende lesionar la capacidad del Estado para recaudar impuestos.

Esto sin dudas revela el capricho y la falta de empatía de la funcionaria a cargo de AFIP, ya que nada impedía haberse hecho eco de la medida judicial y dictar una resolución general con la prórroga de los vencimientos.

No conforme con eso, el fisco apeló la sentencia de primera instancia dejando varios párrafos que dejan entrever que para el fisco la culpa de no poder trabajar en forma ordenada y tranquila es, lisa y llanamente, de los propios profesionales, demostrando así el desprecio por quienes asumimos la responsabilidad y el compromiso diario de colaborar con el Organismo para que pueda cumplir con sus fines recaudatorios.

El organismo entiende que la prórroga solicitada por el CPCECABA por la vía del amparo obedece «por la sola y verdadera razón de fondo de que sus representados no fueron dedicados en su labor» y que con ello «se están afectando las cuentas públicas tratándose de un hecho de gravedad institucional que afecta la coparticipación y, por lo tanto, el financiamiento de las provincias y municipios de todo el país». El informe presentado por AFIP también manifiesta que «Cualquier contador aplicado ya debe tener los papeles de trabajo preparados con fecha muy anterior a la de puesta en función de los aplicativos de la AFIP. Restando solamente, cuando estos estén operativos, su carga.»

En párrafos siguientes se dijo que «Ningún profesional de ciencias económicas, que por lo menos se precie de diligente, espera a que salgan los aplicativos de la AFIP para preparar una DDJJ.» agregando que «En lo que respecta al impuesto a los bienes personales, a modo de ejemplo, se sabe desde el 1/1/22 los datos necesarios para la preparación de la correspondiente presentación.»

Desde ya que estos planteos no hacen más que reafirmar la visión que tiene la institución y sus funcionarios de los profesionales. Funcionarios viles, infames y cobardes que jamás se animarían a plantear cara a cara lo que se esgrimió en un escrito judicial.

Ahora bien, cuando se plantea que no somos dedicados en nuestra labor y que por ello se afectan las cuentas públicas yo me pregunto y le pregunto a la señora Mercedes Marcó del Pont: Cuándo no funcionan como deberían funcionar los aplicativos ¿no se lesiona la capacidad del Estado para recaudar impuestos ni se trata de un hecho de gravedad institucional que afecta la coparticipación y, por lo tanto, el financiamiento de las provincias y municipios de todo el país?

Además le comento que los profesionales SI tenemos los papeles de trabajo preparados con fecha muy anterior a la de puesta en función de los aplicativos de la AFIP. Esto no quita que si esas herramientas se publican tarde, el trabajo nuestro se vea altamente complejizado. No debe olvidar que además de estas declaraciones juradas se deben liquidar y presentar las posiciones mensuales de IVA, de ingresos brutos, se deben liquidar sueldos, se deben presentar regímenes de información con carga de datos muchas veces duplicados. Y a todo eso sumarle que la página web NUNCA funciona como corresponde.

Le asisto razón a en cuanto a que «Ningún profesional de ciencias económicas, que por lo menos se precie de diligente, espera a que salgan los aplicativos de la AFIP para preparar una DDJJ.» No obstante le pregunto ¿Usted se precia de diligente siendo que como funcionaria pública y ocupando un cargo estratégico jamás dialogó con los profesionales en ciencias económicas menospreciando todo el tiempo nuestra labor y defenestrando nuestra profesión?

Sra. Mercedes Marcó del Pont, creo que es hora de dejarle el lugar que hoy ocupa con lamentable desempeño a colegas que entiendan y sepan de impuestos y que tengan el decoro y la sabiduría de escuchar a los profesionales que somos quienes trabajamos arduamente por la recaudación.

Que sigan insistiendo con la imposibilidad de postergar los vencimientos evidentemente es un capricho de adolescente y una cuestión personal contra la profesión. La incompetencia e inoperancia del fisco a esta altura es abrumadora.

Por otro lado, querer instalar que este reclamo genuino es una “guerra” es de una vil y despreciable actitud que tiene como único fin confrontar más allá de todo límite. No es una guerra ni nada por el estilo. Solo pedimos reglas claras y que se escuche a los profesionales quienes somos los que trabajamos por la recaudación.

Siguiendo con los hechos y el recorrido judicial, el Juzgado otorgó esta semana la apelación al fisco con efecto suspensivo del amparo hasta tanto se pronuncie la Cámara.

Ante esta situación, inmediatamente la AFIP publicó un comunicado donde se afirmaba que los vencimientos se mantenían porque la justicia había fallado a su favor y revocaba la suspensión de los vencimientos.

Dicho comunicado solo pretendió engañar y confundir a los matriculados y contribuyentes alcanzados por el amparo en favor del CPCECABA, dado que la Justicia no revirtió la causa ni anuló la cautelar, solo concedió apelación. Ante esto, el Consejo presentó un recurso de queja.

El fallo decisivo de la Cámara no debería tardar en darse a conocer.

A modo de conclusión, remarcamos que la relación del fisco con los profesionales está rota desde que inició la gestión de Marcó del Pont. La pedantería y los agravios desde su lugar de funcionaria pública se incrementan día tras día.

No podemos dejar de recordar, como se ha reiterado muchas veces, que los profesionales en ciencias económicas somos aliados estratégicos del fisco para la recaudación con lo cual entendemos que se está cometiendo un grave error en atropellar nuestros derechos y nuestra dignidad con el solo fin de mantener un capricho.

Es necesario adaptar los sistemas, facilitar las liquidaciones, simplificar la carga de información y sobre todo es necesario que se dejen de poner palos en la rueda para que podamos trabajar en forma tranquila y ordenada para de este modo cumplir con nuestro rol de asistir en la recaudación.

La administradora federal, tal como lo ordena la ley de ética pública, debe «velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular.» Entendemos que esto no se está llevando a cabo configurándose de esta manera una violación a dicha ley y una falta a los deberes del funcionario público.

No se está velando por los intereses del Estado, puesto que se ha decidido confrontar ante un pedido que de concretarse haría que los profesionales y contribuyentes puedan cumplir en tiempo y forma con su trabajo y sus obligaciones. Además, indudablemente lejos se está de lograr la satisfacción del bienestar general, muy por el contrario, se está logrando que los contribuyentes en general apoyen la decisión de los profesionales en desmedro del objetivo del Organismo de recaudar. Y como último punto, es evidente que con la actitud patoteril del Organismo, no se está privilegiando el interés público sobre el particular, sino por el contrario, se pone por delante una actitud personalista y muy alejada del interés de la población afectada.

Los funcionarios/as a cargo de AFIP están incumpliendo con la ley de ética pública por la omisión de observar como requisito de permanencia en el cargo, una conducta acorde con la ética pública en el ejercicio de sus funciones. Así, tal como lo marca la propia ley, deberían ser sancionados o removidos. De todos modos, sabemos que ello no va a suceder.

Desde nuestro humilde espacio, solicitamos se revea esta situación. No es casual que el 97% de los profesionales esté desconforme con la gestión de Marcó del Pont al frente de la AFIP y tampoco que el 80% crea que es la peor gestión de los últimos años.

Indudablemente algo debe cambiar, es necesario afrontar el desafío de demostrar que la saña emanada del Organismo para con nosotros los profesionales durante este último tiempo no será en vano.

La AFIP debe cuidar y velar por la recaudación del Estado y eso es correcto y corresponde que así sea. Sin embargo, y parafraseando lo escrito por el colega Martín Caranta en El Economista, «la falta de comprensión y respuesta con soluciones de parte de la Administración pone en riesgo la voluntad de cumplimiento de los contribuyentes.»

Coincidimos en sus dichos en cuanto a que «un contribuyente debería ser asistido por la administración tributaria en el cumplimiento de sus obligaciones, sus necesidades deberían ser atendidas, en lugar de ignoradas y menoscabadas.»

Para finalizar, remarcamos la idea sobre la que hablamos párrafos antes: la recaudación no se afecta por la falta de diligencia de los profesionales en ciencias económicas en su labor sino por la ineficiencia, ineptitud e inoperancia generalizada del fisco que pretende trasladar sus problemas a quiénes dedicamos nuestros días enteros en beneficio de ellos mismos.

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