Blog del Contador Planes de Suscripción


Mercadopago y AFIP, ¿qué recaudos debo tener en cuenta? (Por CPN Nicolas Fernández Miranda)

Junto con el crecimiento del comercio electrónico, qué creció un 104% en el primer semestre del año, creció en igual medida la utilización de plataformas de pago, siendo la más famosa de ella Mercado Pago.  Por Nicolás Fernández Miranda (*) Una consulta muy frecuente entre nuestros clientes, es ¿qué recaudos impositivos debo tener al vender […]


Junto con el crecimiento del comercio electrónico, qué creció un 104% en el primer semestre del año, creció en igual medida la utilización de plataformas de pago, siendo la más famosa de ella Mercado Pago. 

Por Nicolás Fernández Miranda (*)

mercado pagoUna consulta muy frecuente entre nuestros clientes, es ¿qué recaudos impositivos debo tener al vender por mercadopago? En esta nota, trataremos cuales son los cuidados y las atenciones que tenemos que tener para con nuestros clientes que efectúen sus cobros por esta plataforma. 

Desde finales de 2019, mediante la resolución general 4622 los cobros efectuados a través de mercadopago están alcanzados por percepciones de IVA, para que esto suceda, deben cumplirse 3 condiciones: 

  1. Sos Responsable Inscripto; ó
  2. Realizas más de 10 ventas por mes y 
  3. Superarte los $50.000 de facturación mensual

¿Cuál es el porcentaje de la percepción? 

La RG, distingue entre quienes se encuentren incluidos en el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, y estaciones de servicio y bocas de expendio minoristas, exponiendo los siguientes porcentajes:

¿Quienes están exentos de estas retenciones? 

No son sujetos de retención los siguientes: 

  1. Los monotributistas. 
  2. Los inscriptos en el ‘Registro de empresas MiPyMES’
  3. Las potenciales microempresas. 

¿Qué ocurre si el contribuyente realiza más de 10 ventas mensuales, y superó los $50.000 en movimientos, pero no se encuentra inscripto en AFIP? 

El caso mencionado es el más oneroso, siendo que si no estás inscripto en AFIP, se retendrá el 10,5% de IVA y el 2% de Ganancias en todos los cobros siguientes, hasta que se informe la situación del contribuyente. Es importante destacar que tienen que darse ambas condiciones para que se apliquen dichas alícuotas. 

Te puede interesar:   ARCA / AFIP simplifica el acceso a trámites aduaneros

De esta manera, debemos asesorar a nuestros clientes a que se encuentren correctamente inscriptos y categorizados, para evitar cargos innecesarios. 


(*) Contador Público recibido con honores en la universidad nacional de Jujuy. Profesor de Economía en la Universidad Nacional de Jujuy. Doctorando en Administración de Negocios en la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE). Diplomatura en procedimiento Tributario, Universidad Nacional de Jujuy. Certificate Program in Excecutive Management, course in advanced issues in Project Management, University of La Verne, College of Business & Public Management, California, EEUU

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

1 comentario en “Mercadopago y AFIP, ¿qué recaudos debo tener en cuenta? (Por CPN Nicolas Fernández Miranda)”

  1. Hola buenas noches, la duda que tengo es la siguiente, si recaudo fondos para un fin común determinado, y utilizo mi cuenta de mercado pago para ello, estoy expuesto a que a AFIP aplique cargos sobre eso?

Scroll al inicio
×