Blog del Contador Planes de Suscripción


Refuerzo de ingresos: oficializan requisitos y condiciones para monotributistas, trabajadores informales y de casas particulares

Refuerzo de ingresos: oficializan requisitos y condiciones para monotributistas, trabajadores informales y de casas particulares

Se instituye con alcance nacional un refuerzo de ingresos como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica


Se instituye con alcance nacional un refuerzo de ingresos como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios.

La medida fue dispuesta mediante Decreto 216/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Sujetos alcanzados

El refuerzo de ingresos será otorgado a:

a) Trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen el valor de lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del presente decreto;

b) Personas que se encuentren en situación de desempleo;

c) Trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción de los trabajadores y las trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

d) Monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías “A” y “B” y Monotributistas sociales;

e) Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

Requisitos

Para acceder a la percepción refuerzo de ingresos, las personas mencionadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a. Ser argentino o argentina nativo o nativa, por opción o naturalizado o naturalizada y residente en el país o extranjero o extranjera con una residencia legal en en el país no inferior a dos (2) años anteriores a la solicitud de la asignación monetaria.

b. Tener la edad igual a 18 años o más y no haber cumplido los 65 años de edad.

c. No percibir ingresos superiores al valor equivalente de dos (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

d. No encontrarse la persona solicitante:

i. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado, a excepción de las personas mencionadas en los incisos c) y e) anteriores.

ii. Inscripta en el Monotributo en la categoría “C” o superiores, ni en el régimen de autónomos.

iii. Como titular de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

iv. Con seguro de medicina prepaga.

v. Alcanzada por cobertura de salud según se establezca en la reglamentación correspondiente, a excepción de las personas mencionadas en los incisos c), d) y e) anteriores y de los o las titulares de la prestación por desempleo.

e. Encontrarse la persona solicitante en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la reglamentación.

f. Cumplir con la solicitud ante la ANSES quien previo al otorgamiento de la prestación, realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que se establezcan por vía reglamentaria.

Monto

El monto de la prestación será de $18.000.- a realizarse en dos (2) pagos: uno de $9000.- correspondiente al mes de mayo de 2022 y otro de $9000.- correspondiente al mes de junio de 2022.

Restricciones

Las personas que perciban la asignación dineraria establecida por el presente decreto no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas por el plazo de seis (6) meses desde que se haya hecho efectiva la percepción de la asignación.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×