Petroleros Privados. Yacimientos Petrolíferos. CCT 643/12. Acuerdo del 31/10/2018. Escala Salarial Desde 11/18 y 2/19.

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El Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa, junto al Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Chubut, el Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Santa Cruz, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo, Gas Privado y Químicos de Cuyo y La Rioja y el Sindicato Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral, dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) y la Cámara de Empresas de Operaciones Petroleras Especiales (CEOPE) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 643/12 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Noviembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019.


El Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa, junto al Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Chubut, el Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Santa Cruz, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa, el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo, Gas Privado y Químicos de Cuyo y La Rioja y el Sindicato Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral, dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) y la Cámara de Empresas de Operaciones Petroleras Especiales (CEOPE) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 643/12 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Noviembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019.




En tal sentido se fija un un aumento del 20% remunerativo y no acumulativo a abonarse en dos tramos según el siguiente detalle:

– 10% sobre los salarios básicos al 31 de marzo de 2018 a partir de noviembre/18,

– 10% sobre los salarios básicos al 31 de marzo de 2018 a partir de enero/19,

Los referidos aumentos son complementarios del acuerdo original y primer acuerdo complementario firmados entre las partes y homologados mediante Disposición 47/18 DNRyRT y Resolución 730/18 ST respectivamente.





ACUERDO  + ESCALAS

Descargar PDFAcuerdo 311018 Incremento Salarial


Descargar PDFAcuerdo 311018 Contribuciones


HOMOLOGACIÓN

El presente acuerdo se encuentra a la fecha pendiente de homologación.


TOPES INDEMNIZATORIOS

El presente acuerdo no cuenta a la fecha con topes indemnizatorios.




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