A través de la Disposición N° 359 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo (B.O. 2/7/2013) de fecha 10 de junio de 2013 se declara homologado el nuevo acuerdo de recomposición salarial alcanzado por los representantes de la UNIÓN DE TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el pasado 20 de mayo.
Dicho acuerdo establece una vigencia desde el 1 de junio de 2013 al 31 de mayo de 2014 y corresponde a todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 508/07.
En el mencionado acuerdo se establece:
* Un incremento remunerativo y no acumulable en los haberes básicos de mayo de 2013 del 24% a abonarse en 2 cuotas, a saber:
– 12% con los sueldos del mes de junio de 2013,
– 12% con los sueldos del mes de agosto de 2013.
* Una gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez de $ 1.600 para todos los trabajadores sin distinción de categorías a abonarse en 2 cuotas:
– la primera de $ 800 a abonarse con los haberes del mes de noviembre de 2013,
– la segunda de $ 800 a abonarse con los haberes del mes de enero de 2014.
Asimismo, se aprobaron las nuevas escalas salariales para el sector con vigencia desde el 1 de junio de 2013 al 31 de mayo de 2014.
Documentos Adjuntos:
Carga y Descarga-Acuerdo-Mayo2013