La Federación Trabajadores de Industrias de la Alimentación (FTIA) alcanzó un acuerdo por el cual establecen por el plazo de noviembre y diciembre-2023, los salarios básicos vigentes para la actividad comprendida en el CCT 244/94.
Bajo dicho entendimiento se definió otorgar un 14,2% en noviembre, sobre los haberes del mes de octubre y un 11,4% en diciembre, también sobre los salarios de octubre, en forma de suma no remunerativa.
El acuerdo establece que para las sumas no remunerativas se realizarán los aportes del trabajador y contribuciones a cargo del empleador a: 1) Obra Social, 2) Cuota Sindical y Aporte Solidario, 3) Contribuciones de la Ley 24557, 4) Contribución Empresaria.
Asimismo, dicho incremento será computable para el cálculo de los siguientes rubros: a) Vacaciones, b) Horas extras, c) Sueldo Anual Complementario e indemnizaciones legales, d) Adicionales de convenio y premios, y cualquier retribución que se calcule sobre el salario básico.
También se computará a los efectos de calcular el haber correspondiente a los días no trabajados por enfermedad y accidentes inculpables y/o de trabajo y licencias legales o convencionales pagadas por el empleador a los organismos de seguridad social.
Dicho porcentaje no remunerativo se integra a la remuneración con los salarios del mes de MARZO de 2024.
Las empresas se comprometen a pagar el retroactivo de la primera quincena de noviembre antes del 30 de noviembre de 2023.