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Autónomos y Topes a la Base Imponible: Nuevos Valores Estimados desde Diciembre 2020

Autónomos desde septiembre 2022 nuevos valores de AFIP

Con la oficialización del índice de movilidad jubilatoria del 5% (Ver Decreto 899/2020) se pueden adelantar los nuevos valores de autónomos y los topes a la base imponible desde diciembre/2020.


Con la oficialización del índice de movilidad jubilatoria del 5% (Ver Decreto 899/2020) se pueden adelantar los nuevos valores de autónomos y los topes a la base imponible desde diciembre/2020.

Desde el devengado diciembre/2020, es decir con vencimiento en enero/2021, los trabajadores autónomos deberán abonar sus mensualidades con un incremento del 5% equivalente al índice de movilidad previsional.

De este modo acumulan un aumento anual total del 31%.

La categoría mínima para trabajadores que no integren sociedades (ingresos anuales inferiores a $ 20.000.- en el caso de servicios y $ 25.000.- el resto de las actividades) pasará a abonar $ 3.419.- mientras que la máxima para este grupo de trabajadores se incrementará a $ 4.786.-

En tanto aquellos trabajadores que sean directores y/o socios de sociedades pasarán a abonar $ 6.838.- en la categoría mas baja (ingresos inferiores a $ 15.000.-) $ 10.941- la categoría media (ingresos entre $ 15.000.- y $ 30.000.-) y $ 15.044.- la categoría mas alta (ingresos superiores a $ 30.000.-).

Destacamos que estos valores aún no han sido publicados por la AFIP en su Micrositio de Autónomos.

Grupos de Actividades Ingresos Brutos Obtenidos en el Año 2019 Categorías Importe Mensual Desde Septiembre/2020 (*) Importe Mensual Desde Diciembre/2020 (**)
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo Mayores a $ 30,000.- V $ 14.328,01 $ 15.044,37
Mayores a $ 15,000.- y menores o iguales a $ 30,000.- IV $ 10.420,40 $ 10.941,38
Menores o iguales a
$ 15,000.-
III $ 6.512,75 $ 6.838,35
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios Mayores a $ 20,000.- II $ 4.558,90 $ 4.786,80
Menores o iguales a
$ 20,000.-
I $ 3.256,38 $ 3.419,16
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores Mayores a $ 25,000.- II $ 4.558,90 $ 4.786,80
Menores o iguales a
$ 25,000.-
I $ 3.256,38 $ 3.419,16
Afiliaciones voluntarias Sin limitación I $ 3.256,38 $ 3.419,16
Menores de 18 hasta 21 Años Sin limitación I $ 3.256,38 $ 3.419,16
Jubilados por la Ley 24241 Sin limitación I $ 2.747,57 $ 2.884,90
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24828 Sin limitación I $ 1.119,38 $ 1.175,31
Actividades penosas o riesgosas I’ $ 3.561,67 $ 3.739,72
II’ $ 4.986,30 $ 5.235,58
III’ $ 7.123,32 $ 7.479,45
IV’ $ 11.397,31 $ 11.967,14
V’ $ 15.671,27 $ 16.454,79
         
(*) Importes según AFIP.
(**) Importes estimados según Decreto 899/2020 (índice de movilidad 5%)  
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Topes a la Base Imponible

  Importe Mensual Desde Septiembre/2020 (*) Importe Mensual Desde Diciembre/2020 (**)
Empleados en relación de dependencia Base imponible mínima para descuentos legales $ 6.105,77 $ 6.411,06
Base imponible máxima para descuentos legales $ 198.435,50 $ 208.357,28
       
(*) Importes según Resolución N° 325/2020 de la ANSES.    
(**) Importes estimados según Decreto 899/2020 (índice de movilidad 5%)  
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