Por medio de la presente se establece en TRES POR CIENTO (3%) mensual la tasa de los intereses resarcitorios para las multas aplicadas por el RENATEA, que se liquidarán a partir de encontrarse firme la Resolución que aplica la multa y hasta el momento de interposición de demanda de ejecución judicial de la deuda sin necesidad de interpelación alguna y en el CUATRO POR CIENTO (4%) mensual la tasa de los intereses punitorios para las multas aplicadas por el RENATEA, que se liquidarán a partir de la fecha de interposición de demanda.
B.O. 28/06/2013. Resolución Re.Na.T.E.A. N° 189/13. Establézcanse los montos de Intereses Resarcitorios y Punitorios por Multas.
Por medio de la presente se establece en TRES POR CIENTO (3%) mensual la tasa de los intereses resarcitorios para las multas aplicadas por el RENATEA, que se liquidarán a partir de encontrarse firme la Resolución que aplica la multa y hasta el momento de interposición de demanda de ejecución judicial de la deuda sin necesidad de interpelación alguna y en el CUATRO POR CIENTO (4%) mensual la tasa de los intereses punitorios para las multas aplicadas por el RENATEA, que se liquidarán a partir de la fecha de interposición de demanda.