La Comisión Arbitral comunica que debido a los inconvenientes técnicos sufridos por el sistema SIFERE Web, se postergan los plazos con vencimiento los días 16 y 17 de mayo siempre que se realicen hasta el próximo jueves 19.
Mediante la Disposición de Presidencia 2/2022, se tiene por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de abril del período fiscal 2022 y la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2021 del impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral, con vencimiento los días lunes 16 y martes 17 de mayo del 2022, registrado hasta el día jueves 19 de mayo del corriente año.
El motivo de la decisión es la verificación de inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB los días lunes 16 y martes 17 de mayo del corriente, por lo que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
¿Cómo quedan los vencimientos para el CM05 2021?
A partir de la decisión de la Comisión Arbitral de pasar los vencimientos y ante la negativa de otorgar una prórroga más contundente, las fechas de vencimiento quedan de la siguiente manera:
- CUIT 0-1-2: vencimiento original 16/5 pasa al 19/5
- CUIT 3-4-5: vencimiento original 17/5 pasa al 19/5
- CUIT 6-7: vencimiento original 19/5 no se modifica
- CUIT 8-9: vencimiento original 20/5 no se modifica
Recordamos que a principios de este mes, el CPCECABA había enviado una nota al presidente de la Comisión Arbitral, Dr. Luis María Capellano, elevando un pedido de prórroga para la presentación de la Declaración Jurada Anual 2021 – Formulario CM05, en vistas de su inminente vencimiento.
En la misiva, firmada por la presidenta Dra. Gabriela Russo, y el secretario Dr. Julio Rotman; se plantean las dificultades que enfrentan los profesionales matriculados por la multiplicidad de vencimientos, como las presentaciones complementarias obligatorias del Alivio Fiscal, las Declaraciones Juradas de Ganancias Personas Jurídicas, las tareas de auditoría de Estados Contables y las próximas presentaciones de Ganancias y Bienes Personales.
A esta problemática se la suma de acuerdo a la publicación “Términos y condiciones sobre el acceso y el uso de los sistemas y servicios de AFIP”, la prohibición del acceso a los sistemas y servicios interactivos, a través de herramientas automatizadas, que implica una ralentización en el proceso de confección de declaraciones juradas.
Adicionalmente, se solicitó que de forma excepcional se permita utilizar los coeficientes 2021 hasta la presentación del CM05.
Al respecto, cabe señalar que desde la Comisión Arbitral no se dio una respuesta positiva a los pedidos de prórroga con lo cual se mantienen en las fechas antes mencionados.