Bs. As., 25/11/2015
VISTO:
La Resolución General N° 84/02 que establece el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR) y la Resolución General N° 7/2014 que incorporó la modalidad “quincenal” para la presentación y pago de las declaraciones juradas de percepciones y retenciones de los agentes incorporados; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el SIRCAR los agentes de retención y percepción, generan y presentan sus declaraciones juradas de las retenciones y percepciones practicadas en cada jurisdicción conforme a los regímenes y normas que cada una de ellas tienen establecidos, ingresando el pago en sede única.
Que es necesario establecer el cronograma de vencimientos para el año 2016.
Por ello;
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.08.77)
Resuelve:
Artículo 1° — Establecer el calendario de vencimientos que se detalla en el Anexo I de la presente, para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR, durante el ejercicio fiscal 2016.
Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Mario A. Salinardi. — Roberto A. Gil.
Sistema SIRCAR
Pago en Sede Única de Retenciones y Percepciones
Calendario de Vencimientos – Año 2016
Fecha de publicación 03/12/2015