El Consejo Profesional de la Ciudad de Buenos Aires aclara como dar de baja el beneficio decreto 561/19 en caso de baja del régimen simplificado.
Beneficio para Monotributistas
Recordamos que el Artículo 3° del decreto dispuso la bonificación de una (1) cuota del impuesto integrado correspondiente al período septiembre de 2019, para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que hayan cumplido con el ingreso de las obligaciones mensuales de los períodos de enero a agosto de 2019.
En este sentido, la AFIP emitió comunicaciones a aquellos pequeños contribuyentes alcanzados por el beneficio, a través del domicilio fiscal electrónico.
Los sujetos adheridos al Monotributo que obtuvieron el beneficio de la bonificación de la cuota del impuesto integrado correspondiente a septiembre de 2019 por aplicación del decreto 561/19 deberán tener en cuenta lo siguiente:
- Aquellos sujetos adheridos al Monotributo que abonen la cuota correspondiente a septiembre de 2019 por ventanilla, deberán aclarar el importe que desean ingresar (Componente Previsional) ya que no surge en forma automática el descuento del mencionado beneficio. Para el caso de los pagos mediante tarjeta de crédito y débito automático no es necesario efectuar aclaración alguna.
En este caso deberán informar:
Componente Previsional SIPA: 21-019-078.
Componente Obra Social: 24-019-078.
Componente provincial Córdoba: 5243-019-078
Componente municipal Córdoba: 5244-019-078
Componente provincial Mendoza: 5445-019-078
Componente municipal Mendoza: 5446-019-078
Componente provincial San Juan: 5556-019-078
Componente municipal San Juan: 5557-019-078
¿Como dar de baja el beneficio decreto 561/19?
- Si un sujeto monotributista quisiera darse de baja con efecto en septiembre de 2019, al tener otorgado en el servicio Web “Monotributo” el “Beneficio por cumplimiento” establecido por el decreto 561/19, deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en la cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.
Fuente: CPCECABA