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Compre sin IVA: AFIP brinda precisiones sobre la declaración de CBU para recibir los reintegros

Una de las causas que pueden impedir el acceso al beneficio es que la AFIP no tenga informada una CBU para efectuar el depósito del reintegro en la cuenta bancaria, informó la AFIP.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó en la sección “Alertas” una consulta en el portal con clave fiscal para que las y los contribuyentes puedan verificar si están en condiciones de recibir el reintegro y la CBU donde se realizará el mismo por las compras que realicen en el marco del programa “Compre sin IVA”.

A quienes no estén alcanzados se les detallarán las causas por las que quedan excluidos del beneficio.

Declaración de CBU

Una de las causas que pueden impedir el acceso al beneficio es que la AFIP no tenga informada una CBU para efectuar el depósito del reintegro en la cuenta bancaria.

Algunos datos importantes a tener en cuenta sobre la declaración de CBU:

1) Solo se realizará el reintegro por las compras realizadas con la tarjeta asociada a la CBU informada en la AFIP.

2) La AFIP, para este programa, recibe información de diversos organismos con el fin de nutrir su base de datos. En función de ello, es posible que la CBU que la persona vea cuando realiza la consulta con clave fiscal, no sea la que está asociada a la tarjeta con la que están realizando las compras. Ante tal situación podrá empezar a usar la tarjeta asociada a dicha CBU o podrá ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración de CBU” e informar una nueva.

3) La nueva CBU declarada se incorporará al padrón en el próximo envío de información.

¿Cómo declarar una CBU?

El primer paso es ingresar con clave fiscal -nivel de seguridad 3 o superior- al servicio “Declaración de CBU”. Una vez dentro, el contribuyente podrá visualizar, en el caso de corresponder, las CBU ya informadas, las de terceros que se hayan vinculado y las autorizadas para realizar transacciones.

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Para agregar una nueva CBU, el usuario debe dirigirse al listado de CBU propias y presionar en el botón “Registrar CBU”. El sistema va a solicitar los 22 números de la clave bancaria y el motivo por el que se la quiere registrar: allí deberán indicar la opción del programa «Compre sin IVA». Por último, presionar en “Informar CBU”.

Una vez consignado el registro, la entidad bancaria deberá emitir una autorización para el uso de la CBU, que será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

En la guía «¿Cómo declaro la CBU?» se describen los pasos a realizar.

¿Cómo modifico una CBU declarada?

A través del servicio con clave fiscal “Declaración de CBU” también es posible modificar o dar de baja una CBU ya declarada.

El usuario debe dirigirse a la opción “acciones” que se encuentra junto a cada CBU dentro del listado y hacer presionar en el ícono correspondiente. Luego de realizar la baja o modificación, se debe presionar “Aceptar” para que el cambio quede guardado.

A partir del paso 7 de la guía «¿Cómo declaro la CBU?» se describe el procedimiento.

FUENTE: AFIP

 

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3 comentarios en “Compre sin IVA: AFIP brinda precisiones sobre la declaración de CBU para recibir los reintegros”

  1. Saben cuando tardan en actualizar la información? el punto 3 dice 3) La nueva CBU declarada se incorporará al padrón en el próximo envío de información. pero no aclara los tiempos. Gracias!

    1. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/294273/20230916
      “ARTÍCULO 6°.- Esta Administración Federal pondrá a disposición de las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito, los datos identificatorios de los sujetos beneficiarios del régimen de reintegros y de sus apoderados -cuando los hubiere-, en base a la información que mensualmente suministre la Administración Nacional de la Seguridad Social y la obrante en las bases de datos de este Organismo, con los controles tributarios y/o sistémicos que este efectúe.
      La citada información será suministrada hasta el día 25 de cada mes, a través del servicio “eventanilla”, al cual las entidades accederán con la Clave Fiscal.

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