Construcción (Areas Petroleras): Homologación del Acuerdo 2017 con Aumento del 20% en Dos Tramos + Suma Extraordinaria No Remunerativa. Nuevas Escalas Salariales desde Julio/17 y Octubre/17 (CCT N° 545/08)

La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias del sector correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 545/08 con vigencia desde el 1 de Julio de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.


La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias del sector correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 545/08 con vigencia desde el 1 de Julio de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.

La mencionada homologación fue dispuesta por la Resolución N° 81/17 de la SSRL de fecha 07/08/2017.

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a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 20% respecto a los salarios básicos al 30/06/2017 a abonarse en dos tramos no acumulativos:

  • 10% remunerativo a pagarse desde el 1 de Julio 2017,
  • 10 % remunerativo a pagarse desde el 1 de Octubre de 2017.

b) Suma No Remunerativa Extraordinaria: se acordó un pago unico, no remunerativo, extraordinario y por unica vez del monto resultante de calcular el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre total de la remuneracion bruta percibida por el trabajador en los  meses de Abril, Mayo, Junio 2017 y del importe que resulte de la parte proporcional del SAC de Junio de 2017. El importe resultante se debera liquidar bajo la denominacion de «SUMA EXPEDIENTE MT 2017» y debera abonarse conjuntamente con el salario correspondiente a la segunda quincena del mes de Agosto del 2017.

c) Cláusula Gatillo: en el supuesto que la evolucion del Nivel General del indice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadisticas y Censos (INDEC), por el periodo comprendido entre el 01 de Abril del 2017 y el 31 de Marzo del 2018 experimentara un incremento superior al 20% pactado, las empresas deberan compensar la diferencia a partir de la liquidacion de salaries del mes siguiente a la publicacion del indice que genera la diferencia.

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ACUERDO

ESCALA SALARIAL

Según el Acuerdo firmado, las partes presentaran en conjunto las planillas salariales actualizadas que tendran vigencia a partir del 01 de Julio de 2017 en el plazo de TREINTA (30) dias de la firma del presente.

HOMOLOGACIÓN

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