Sellos. Contratos de leasing. Eximición de pago siempre que el tomador destine el bien objeto de los mismos, al desarrollo de sus actividades económicas.
Decreto (Córdoba) 484/2022
Sellos. Contratos de leasing. Eximición de pago siempre que el tomador destine el bien objeto de los mismos, al desarrollo de sus actividades económicas. Ver Decreto (Córdoba) 484/2022 en Blog del Contador.