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Estaciones de Servicio (Lavaderos): Acuerdo con Aumento del 20% en Dos Tramos + Cláusula Gatillo. Nuevas Escalas Salariales desde Julio y Noviembre 2017 (CCT N° 427/05)

El Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garages y Playas de Estacionamiento (SOESGyPE) dio a conocer el nuevo acuerdo salarial alcanzado con las entidades patronales y que beneficia a todos los trabajadores de estaciones de servicio, rama lavaderos de autos, comprendidos en el convenio colectivo de trabajo N° 521/07 con vigencia desde el 1 de Julio de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.


El Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garages y Playas de Estacionamiento (SOESGyPE) dio a conocer el nuevo acuerdo salarial alcanzado con las entidades patronales y que beneficia a todos los trabajadores de estaciones de servicio, rama lavaderos de autos, comprendidos en el convenio colectivo de trabajo N° 521/07 con vigencia desde el 1 de Julio de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.

En dicho acuerdo se establece:

a) Incremento Salarial: Un aumento en las remuneraciones de todos los trabajadores del 20% respecto de los salarios del mes de Junio de 2017 a pagarse en dos cuotas:

  • 10% desde Julio 2017,
  • 10% desde Noviembre 2017.

b) Clausula Gatillo: Las partes asumen el compromiso de reunirse en los meses de octubre de 2017 y enero de 2018 a fin de analizar las posibles variaciones económicas – tomando como referencia los índices inflacionarios del INDEC – que podrían afectar el incremento convenido, y para el caso de resultar necesario realizar algún ajuste, este se aplicará a partir de aquellos períodos en que sea acordado.

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Homologación

El mencionado acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación mediante Resolución N° 801/17 de la Secretaría de Trabajo de fecha 21/11/2017.

VER HOMOLOGACIÓN

Tope Indemnizatorio

El presente acuerdo cuenta con topes indemnizatorios establecidos por Disposición N° 72/18 de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo (B.O. 11/4/2018).

VER TOPE

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