Hielo (Rama Mercados): Acuerdo Cláusula Gatillo 2017. Suma No Remunerativa de $ 3.000.- en Dos Tramos. (CCT N° 232/94)

Se estableció el pago de una suma no remunerativa de $ 3.000.- a abonarse en dos tramos.


El Sindicato de Trabajadores de la Industria del Hielo y Mercados Particulares de la República Argentina (STIHMPRA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con el sector empresario de la rama Mercados correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 232/94 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Abril de 2018 y hasta el 31 de Mayo de 2018.

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a) Suma No Remunerativa: se estableció el pago de una suma no remunerativa de $ 3.000.- a abonarse en dos tramos de la siguiente manera:

 – $ 1.500.- junto con los salarios del mes de Abril/2018,

– $ 1.500.- junto con los salarios del mes de Mayo/2018.

La suma antes mencionada corresponde a la cláusula gatillo contenida en el acuerdo firmado en 2017.

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[restab title=»HOMOLOGACION»]El presente acuerdo se encuentra pendiente de ser homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.[/restab]
[restab title=»TOPES»]El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]

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