AFIP aclaró dudas sobre el beneficio de Condonación de deudas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió un documento en donde responde distintas consultas acerca de la Ley N.° 27.653 de Alivio Fiscal y la condonación de deudas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió un documento en donde responde distintas consultas acerca de la Ley N.° 27.653 de Alivio Fiscal y la condonación de deudas.
Los pagos realizados al exterior mediante tarjeta de débito o crédito poseen un 35% de recargo en concepto de “Percepción del Impuesto a las Ganancias”. A casi dos años de esta medida ¿Qué se debe realizar según la situación de la persona?
La titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, lo anticipó este lunes: “Decidimos utilizar la misma valuación que hoy usa la Ciudad de Buenos Aires para determinar el impuesto inmobiliario porteño”.
La AFIP extiende hasta el 13 de abril el plazo para que las y los contribuyentes presenten el SIRADIG e ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias del período fiscal 2021.
Los Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) son instrumentos de renta variable que cotizan en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y representan acciones o ETF que no tienen oferta pública ni cotización en el mercado argentino.
La clave fiscal es la contraseña que deben utilizar las y los contribuyentes para realizar trámites y transacciones con la AFIP y otros organismos nacionales, provinciales y municipales. La clave fiscal es personal, privada e intransferible.
La solicitud para la condonación de deudas inferiores a $100.000 podrá realizarse hasta el 16 de marzo, mientras que la adhesión a la moratoria y los beneficios para contribuyentes cumplidores se extienden hasta el 31 de marzo.
Los contribuyentes podrán verificar si están alcanzados por los beneficios en la opción Sistema Registral, a la que se accede desde el sitio de la AFIP, con clave fiscal desde el 7 de marzo.
En el día de la fecha la administradora federal Mercedes Marcó del Pont firmó la RG 5157 mediante la cual se establece prorrogar el plazo para la adhesión a la condonación de deudas, moratoria y beneficios a contribuyentes cumplidores.
Colocar un inmueble en alquiler o arrendamiento supone el origen una serie de requisitos legales e impositivos. En esta ocasión el autor analiza que sucede en el IVA y en el Monotributo.
El Consejo solicitó reprogramar las fechas de vencimiento para la presentación y pago de diferentes obligaciones, debido al irregular funcionamiento de la página web de ARBA verificado en los últimos días.
Acceda al video y al material de la conferencia por internet «Ganancias. Trabajadores en relación de dependencia. Lo que hay que saber!» organizada por la Comisión de Estudios Tributarios del CPCECABA.
Este miércoles ya vence la presentación y pago de las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado, cuyo plazo fue anticipado este mes por el organismo, ya que originalmente vencía entre el 24 y el 25.
Entre los beneficiarios estarán prestadores médico-asistenciales, instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores del PAMI y/o de Agentes del Seguro de Salud.
El próximo día 20 de febrero vence el plazo para manifestar la voluntad de adherir al régimen de regularización de deudas a través del sistema “Mis Facilidades”, seleccionando la opción “Certificado MiPyME en trámite”.