Resolución General 4408 AFIP ✔ Impuesto al Valor Agregado. Impuesto a las Ganancias. Pago de Propinas con Tarjetas de Crédito y/o Débito. PyMEs. Regímenes de Retención. Exención.
Se establece que no estarán sujetas a retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias las sumas abonadas mediante tarjetas de crédito, compra, débito y/o pago en concepto de propinas, recompensas, gratificaciones o similares, como muestra de satisfacción por la atención brindada por el personal dependiente de los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que se encuentren adheridos a sistemas de pago con dichas tarjetas.