La Resolución 62/2024 del INDEC, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece nuevas cifras para las multas por infracción al suministro de información estadística.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) ha anunciado cambios en los montos de las multas por incumplimiento en el suministro de datos estadísticos, a través de la Resolución 62/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial. Esta medida, enmarcada en el marco de la Ley N° 17.622, busca garantizar la exactitud y la integridad de la información recopilada por el Sistema Estadístico Nacional (SEN).
En virtud de lo establecido por la Ley N° 17.622, el INDEC tiene la responsabilidad de unificar la orientación y dirigir las actividades estadísticas oficiales en el territorio nacional. Asimismo, el artículo 15 de esta norma establece sanciones para aquellos que no suministren información en tiempo y forma, o que la suministren de manera falsa o con omisión maliciosa.
La Resolución 62/2024, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto N° 3110/70, dispone la actualización de los montos mínimos y máximos de las multas, así como el monto máximo de inapelabilidad establecido en dicho decreto. Según lo informado por la Dirección Nacional de Estadísticas de Precios, los nuevos importes serán de $7.890,47 y $782.916,22 para los montos mínimos y máximos de las multas respectivamente. Además, se establece que el monto máximo de inapelabilidad será de $16.048,78.
Esta medida busca adecuar los valores a la realidad económica y a las variaciones en el nivel general de precios al por mayor, reflejando así un marco legal actualizado y efectivo para garantizar la calidad y veracidad de las estadísticas recopiladas por el INDEC.
Con la derogación de la Resolución 286/23 del INDEC, la implementación de estos nuevos montos entra en vigor de manera inmediata, destacando el compromiso del organismo en mantener la transparencia y la confiabilidad en sus datos estadísticos, fundamentales para la toma de decisiones tanto a nivel gubernamental como en el ámbito privado.