Jardineros (Espacios Verdes): Homologación del Acuerdo 2017 con Aumento del 21% en Dos Tramos + Suma No Remunerativa de $ 6.050.- Nuevas Escalas Salariales desde Abril y Julio 2017 (CCT N° 653/12)

La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina y la Cámara Empresaria de Espacios Verdes de la República Argentina (CEEVRA) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 653/12 que rige para los obreros de todo el país con vigencia desde el 1 de Abril de 2017 hasta el 31 de Marzo de 2018.


La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina y la Cámara Empresaria de Espacios Verdes de la República Argentina (CEEVRA) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 653/12 que rige para los obreros de todo el país con vigencia desde el 1 de Abril de 2017 hasta el 31 de Marzo de 2018.

La mencionada homologación fue dispuesta por la Disposición N° 43/17 de la SSRL de fecha 29/06/2017.

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a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 21% a abonarse en dos tramos no acumulativos:

  • 10% remunerativo sobre los salarios al 31 de Marzo de 2017 a pagarse en Abril 2017,
  • 11% remunerativo sobre los salarios al 31 de Marzo de 2017 a pagarse en Julio de 2017.

b) Productividad diaria: Mensualmente se abonará un importe remunerativo en carácter de PRODUCTIVIDAD MENSUAL prorrateada por día efectivamente trabajado, de acuerdo a los siguientes valores mensuales:

  • A partir del 1 de Abril de 2017 $3.743,08,
  • A partir del 1 de Julio de 2017 $4.080,29

c) Bonificación especial no remunerativa: Se establece una bonificación especial remunerativa de $6.050.- pagadera en cuatro (4) cuotas iguales y consecutivas de $1.512,50 cada una con los sueldos de Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2018.

d) Viático por Movilidad y comida: Se abonará un viático de $88,80 por día efectivamente trabajado, respetando las condiciones del art. 44 del C.C.T. N° 653/12. El monto de dicho viático se incrementará a partir del 1 de julio de 2017 a $96,80.

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ACUERDO

ESCALA SALARIAL

HOMOLOGACIÓN

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