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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 19/13 (B.O.P.B.A. 27/05/2013). Ingresos Brutos. Sujetos que Desarrollen Actividades en Áreas Comerciales no Convencionales. Régimen de Percepción. Modificaciones.

Establecer que los administradores de áreas comerciales no convencionales (ferias, mercados o similares) ubicadas en la Provincia de Buenos Aires, deberán actuar como agentes de percepción, con relación a los sujetos que realicen actividades en dichos predios; y que revestirán el carácter de sujetos pasibles de la percepción quienes comercialicen, en forma mayorista y/o minorista, los productos definidos en el artículo anterior, y/o presten servicios gastronómicos.

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Disposición A.F.I.P. Nº 72/13. Instrumentación del Registro de Proveedores de Contrataciones Centrales de la AFIP.

Instrumentar el Registro de Proveedores de Contrataciones Centrales, en adelante (RPCC), el cual funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Logística, a los fines de la inscripción de los interesados en participar en los procedimientos de selección de contratación que lleve a cabo la Unidad con Capacidad de Contratación Central, del Departamento Administración de Compras, conforme las especificaciones y requisitos establecidos por medio de la presente.

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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 18/13 (B.O.P.B.A. 28/05/2013). Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Ley nacional 25.872. Adhesión de la provincia. Impuesto sobre los ingresos brutos. Exenciones. Asistencia técnica. Beneficios crediticios. Ley 14.029. Condiciones para gozar de sus beneficios.

Establecer que los contribuyentes que deseen obtener su inclusión en el Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios y la consecuente exención impositiva de pago del impuesto sobre los ingresos brutos prevista en el art. 10 de la Ley 14.029, deberán formular tal petición ante el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, en su carácter de autoridad de aplicación de la citada ley.

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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 17/13 (B.O.P.B.A. 27/05/2013). Impuesto sobre los ingresos brutos. Operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías. Régimen de percepción. Alícuota. Disp. Norm. D.P.R. “B” 1/04. Su modificación.

Se modifica el porcentaje a aplicar a los fines de la liquidación de las percepciones elevándola al 2.5% cuando se trate de contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral y al 3% cuando se trate de contribuyentes locales de la provincia de Buenos Aires.

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Acordada C.S.J.N. N° 12/13. Tribunales nacionales y federales. Declara inhábiles los días 7 y 13/5/13 para los Tribunales que funcionan en Marcelo T. de Alvear 1840 y Av. de los Inmigrantes 1950 de la C.A.B.A.

Declarar inhábil los días 7 y 13 de mayo de 2013 para todos los Tribunales Federales y Nacionales que funcionan en los edificios de Marcelo T. de Alvear 1840 y Av. de los Imigrantes 1950, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos.

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Resolución D.G.R. (G.C.B.A.) N° 584/13. Impuesto inmobiliario. Tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros. Cuota 5/13. Contribuyentes adheridos al sistema de pago de débito directo. Se establece como fecha de vencimiento el 21/5/13.

Se establece como nueva fecha de vencimiento el día 21 de mayo de 2013 para aquellos contribuyentes del impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros que estuvieran adheridos al sistema de pago mediante débito directo.

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