Ley 3212 Neuquen: Ingresos brutos. Exenciones. Actividad de venta de vehículos eléctricos o alternativos en comisión.

rg dgr ley neuquen

La Ley 3212 Neuquen establece la exención del impuesto sobre los ingresos brutos a la actividad de venta de vehículos eléctricos o alternativos en comisión.


Sumario: La Ley 3212 Neuquen establece la exención del impuesto sobre los ingresos brutos a la actividad de venta de vehículos eléctricos o alternativos en comisión.


Ley 3212 Neuquen

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 30/10/2019

B.O. (Neuquen) 8/11/2019

Vigencia y Aplicación: desde el 19/11/2019. 

Organismo Emisor: Poder Legislativo de la Provincia de Neuquen

Cantidad de Art.: 5

Anexos: No


Art. 1 – Se agrega al art. 6 de la Ley Impositiva 3.177 el siguiente texto:

“Artículo 6 – (…)

451112 Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios nuevos, cuando se trate de una venta de vehículos eléctricos y alternativos.
451192 Venta en comisión de vehículos automotores nuevos n.c.p., cuando se trate de una venta de vehículos eléctricos y alternativos.
451212 Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios usados, cuando se trate de una venta de vehículos eléctricos y alternativos.
451292 Venta en comisión de vehículos automotores usados n.c.p., cuando se trate de una venta de vehículos eléctricos y alternativos.
454012 Venta en comisión de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios, cuando se trate de una venta de vehículos eléctricos y alternativos”.

Art. 2 – Se agrega al art. 203 del Código Fiscal provincial (Ley 2.680 y sus modificatorias) el siguiente texto:

“Artículo 203 – (…)

y) Los ingresos derivados de la venta en comisión de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos n.c.p., nuevos o usados, cuando se trate de vehículos eléctricos y alternativos”.

Art. 3 – Se agrega al art. 237 del Código Fiscal provincial (Ley 2.680 y sus modificatorias) el siguiente texto:

“Artículo 237 – (…)

ad) La inscripción de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos n.c.p., nuevos o usados, cuando se trate de vehículos eléctricos y alternativos”.

Art. 4 – Se invita a los municipios de la provincia del Neuquén a eximir del pago de la tasa de patentes a los vehículos eléctricos o alternativos.

Art. 5 – De forma.


Texto según Ley 3212 Neuquen publicada en B.O. (Neuquen) del 8/11/2019


 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Salir de la versión móvil
×