Ley (Buenos Aires) 15307

Impuesto Inmobiliario. Actividad de alojamientos, hospedajes, salones de eventos, cines, guarderías y gimnasios. Extinción de pleno derecho de las deudas, sus intereses y multas.  La entrada Ley (Buenos Aires) 15307 se publicó primero en SIAP – Blog del Contador.


Impuesto Inmobiliario. Actividad de alojamientos, hospedajes, salones de eventos, cines, guarderías y gimnasios. Extinción de pleno derecho de las deudas, sus intereses y multas. 

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1 comentario en “Ley (Buenos Aires) 15307”

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