LSD Rúbrica Digital Provincia Buenos Aires
Libro Sueldos Digital Provincia Buenos Aires
LSD Rúbrica Provincia Buenos Aires
La AFIP publicó una guía que explica los pasos a seguir para realizar la rúbrica del libro de sueldos del art 52 de la LCT N° 20.744 de forma digital, a partir del libro generado por el servicio “Libro de sueldos” de AFIP para la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la información brindada por el Organismo, en principio, cada empleador será notificado por la autoridad local de Trabajo en relación al período a partir del cual deberá cumplimentar la rúbrica digital a través de este mecanismo. Por este motivo, las pantallas que se indican en la guía no estarán disponibles para todos los empleadores que rubriquen en la provincia.
Como primer paso, los empleadores deben contar con los datos de jurisdicciones actualizados en el servicio Simplificación Registral.
Cada liquidación informada en el servicio Libro de Sueldos genera su propio libro, motivo por el cual, para garantizar la correcta rúbrica de cada uno de ellos ante la autoridad local de Trabajo correspondiente, será necesario indicar al momento de crear una nueva liquidación la provincia en donde rubrica los mismos.
Los empleadores alcanzados por la utilización de la rúbrica vía el servicio LSD, tienen a disposición el nuevo módulo de Rúbricas en el encabezado del servicio:
A partir de esta opción, el empleador podrá:
- Generar volantes Electrónicos de Pago que generarán créditos disponibles para rubricar sus libros.
- Conocer la cuenta corriente con la provincia.
- Visualizar el seguimiento de su cuenta corriente con la autoridad local de Trabajo.
IMPORTANTE: Para poder rubricar los libros, el empleador deberá contar con el crédito necesario vinculado a la cantidad de trabajadores informados en cada libro. El valor por cada cápita es definido por la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley Tarifaria correspondiente al año por el cual se genera el libro.
Guía paso a paso LSD: Rúbrica Digital – Provincia de Buenos Aires
Recordamos que esta guía es aplicable solo a aquellos empleadores que hayan declarado como jurisdicción laboral la provincia de Buenos Aires y notificados por la autoridad local de Trabajo en relación al período a partir del cual deberá cumplimentar la rúbrica digital a través de este mecanismo.
Al respecto, recordamos que a través de la Resolución 210/2022, el Ministerio de Trabajo de la provincia oficializó la implementación para las y los empleadores que celebren y/o ejecuten contratos de trabajo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Entendemos que aquellas jurisdicciones donde ya se encuentra habilitada la rúbrica a través del LSD mediante los convenios que se hayan firmado oportunamente, irán incorporando esta modalidad paulatinamente.
$ 14 en concepto de que se paga? es un impuesto nuevo por cada trabajador… un impuesto sin ley que lo avale… no deberia ser inconstitucional eso? Nadie se va a quejar?
me dan ganas de salir a romper todo pero luego veo que son solo 14 pesos y se me pasa.
En mi caso no tengo hace un tiempo hojas móviles para imprimir pero tampoco tengo la opción del pago del VEP, cómo tengo qué hacer en ese caso?. Por otra parte, cuando tenga la opción del VEP voy a poder pagar períodos anteriores?
Gracias