Mercado de Capitales: La CNV Incorpora Una Serie de Modificaciones a Su Marco Normativo.

La Comisión Nacional de Valores introdujo una serie de modificaciones en su marco normativo tendientes al desarrollo del mercado de capitales. 


La Comisión Nacional de Valores introdujo una serie de modificaciones en su marco normativo tendientes al desarrollo del mercado de capitales.

Emisores Frecuentes

La Comisión Nacional de Valores incorpora un proceso simplificado para la emisión de obligaciones negociables y acciones por parte de Emisores Frecuentes (EF), agilizándose el proceso de aprobación y control de CNV, para que los emisores que ya se financian puedan aprovechar las mejores condiciones de fondeo.

Para ser considerado emisor frecuente, entre otras cosas, se deberá permanecer ininterrumpidamente por más de dos años en el régimen de oferta pública y haber realizado dos colocaciones como mínimo en dicho lapso.

Esta regulación que recoge comentarios recibidos en el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, favorecerá la simplificación de los trámites de autorización de oferta pública de aquellas emisoras que sean reconocidas como tales, generando procesos simplificados y ágiles de control.

Ver más: Resolución General 746

Bonos de Proyectos

Por otra parte, se implementan los Bonos de Proyecto, un nuevo régimen diferenciado de Oferta Pública para la emisión de Obligaciones Negociables destinadas a financiar proyectos de infraestructura o de diversa índole en todo el país.

Conocidos internacionalmente como Bonos de Proyecto, dichas Obligaciones Negociables tienen la particularidad de poder ser emitidas por sociedades constituidas especialmente a los fines de llevar a cabo un proyecto, donde la fuente de repago depende exclusivamente del flujo de fondos generado por el mismo.

Los Bonos de Proyecto pueden constituir una fuente creciente de financiamiento a largo plazo para proyectos de diversos tipos, tanto públicos como privados. La normativa aplicada  reduce la exigencia de algunos contenidos comunes a cualquier emisión de Obligaciones Negociables y requiere la incorporación de  la información específica vinculada con el proyecto, en todo lo que concierne a los estudios de factibilidad técnica y financiera, a las proyecciones de flujos de fondos futuros, como así también a los riesgos asociados al mismo, entre otras cuestiones fundamentales.

El objetivo de este nuevo instrumento para el mercado de capitales – destinado a inversores calificados -, es dar respuesta a las necesidades crecientes de financiamiento de proyectos de infraestructura necesarios para el desarrollo del país. Pretende también ser un instrumento que facilite los Contratos de Participación Público Privada (PPP) desarrollados por el gobierno para promover proyectos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

Ver más: Resolución General 747

Fondos Comunes de Inversión

Por último, se amplían los canales de distribución y colocación de FCI.

Se habilita la colocación de cuotapartes de fondos locales en mercados del exterior, mediante plataformas internacionales, permitiendo una mayor canalización de fondos para proyectos en el país.

También se posibilita a los Agentes de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión, la colocación de cuotapartes a través de las cámaras compensadoras de Mercados autorizados con los que las sociedades gerente y depositaria hayan suscripto acuerdos marco de colocación integral, sin la necesidad de suscripción de convenios particulares.

Ver más: Resolución General 748

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