La Provincia de Misiones elimina la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos, a partir del anticipo Junio de 2023, para las operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.
En efecto, a través de la Resolución 693/2023, el Ministerio de Hacienda provincial modificó el inciso d) del artículo 157° del Código Fiscal, quedando redactado de la siguiente manera:
“d) Toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias y las Municipalidades, como así también las rentas producidas por los mismos o los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
Esta exención no alcanza a los títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.
Aclarase que las actividades desarrolladas por los agentes de bolsas y por todo tipo de intermediarios en relación con tales operaciones no se encuentran alcanzadas por la presente exención.”
De esta forma se exceptúa de la exención establecida por dicho inciso a los títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.
Asimismo, se establece que a partir del anticipo Junio de 2023, la alícuota para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad de Operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina, será del ocho por ciento (8%).
Esta medida se da en el marco del artículo 1° del Decreto N° 628/2023 del Poder Ejecutivo Provincial, mediante el cual se instruyó al Ministerio a ajustar la redacción del inciso d) del artículo 157° del Código Fiscal, a partir del 1° de Junio de 2.023, con respecto de las operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.
Finalmente, la DGR provincial, mediante Resolución General 6/2023 adopta el Código de Actividad N° 641944 para la liquidación del tributo y de acuerdo al siguiente cuadro de equivalencias:
Equivalencias con Códigos de la Ley XXII – No 25 | Equivalencias con Códigos de NAES | Clasificador Provincial de Actividades | Concepto | Alícuota |
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659990 | 649999 | 641944 | Operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina | 8,00% |
Consulto, desde cuando una simple resolución o un decreto puede modificar una ley?? donde queda el orden de prelación de las leyes???