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Moratoria ampliada: prorrogan mediante DNU el plazo para adherir hasta el 15/12/2020

A través del Decreto 966/2020 el Gobierno oficializó la prórroga para la adhesión a la moratoria ampliada hasta el 15 de diciembre. La solicitud de los beneficios para cumplidores no se prorroga.

El Gobierno oficializó la nueva prórroga para la adhesión de la moratoria ampliada mediante la publicación en el Boletín Oficial de este martes del Decreto 966/2020.

Según los fundamentos de la norma, la medida se da con el fin de posibilitar que los contribuyentes puedan finalizar los diversos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas.

Recordamos que anteriormente, mediante el Decreto Nº 833 del 30 de octubre de 2020 se extendió el plazo de acogimiento al mencionado régimen hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive.

Puntualmente el decreto en cuestión dispone prorrogar hasta el 15 de diciembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley. 

Asimismo, y en concordancia con lo mencionado en el párrafo anterior, se prorroga hasta el 15 de diciembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 13 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificaciones, para tramitar y obtener el “Certificado MiPyME” ante la SEPEyME.

Finalmente, se faculta a la AFIP dictará la normativa complementaria y aclaratoria necesaria para instrumentar lo dispuesto en el presente decreto.

Destacamos que la solicitud de beneficios para contribuyentes cumplidores no ha sido prorrogada habiendo vencido el plazo en el día de ayer, 30 de noviembre.

Por su parte, el régimen de información para todos los contribuyentes que adhieran a la moratoria vence el próximo 15 de enero de 2021 según la respuesta de AFIP en uno de los Espacios de Diálogo institucional.

Fuente: Redacción BdC

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