Blog del Contador
Dom, 15 de Junio de 2025
Última Actualizacion: 08:29 Hs.
Laboral y Previsión Social
Autónomos y Topes a la Base Imponible: Nuevos Valores Estimados desde Diciembre 2020
Con la oficialización del índice de movilidad jubilatoria del 5% (Ver Decreto 899/2020) se pueden adelantar los nuevos valores de autónomos y los topes a la base imponible desde diciembre/2020.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 27/11/2020 11:28 Hs.
Compartí esta nota

Con la oficialización del índice de movilidad jubilatoria del 5% (Ver Decreto 899/2020) se pueden adelantar los nuevos valores de autónomos y los topes a la base imponible desde diciembre/2020.

Desde el devengado diciembre/2020, es decir con vencimiento en enero/2021, los trabajadores autónomos deberán abonar sus mensualidades con un incremento del 5% equivalente al índice de movilidad previsional.

De este modo acumulan un aumento anual total del 31%.

La categoría mínima para trabajadores que no integren sociedades (ingresos anuales inferiores a $ 20.000.- en el caso de servicios y $ 25.000.- el resto de las actividades) pasará a abonar $ 3.419.- mientras que la máxima para este grupo de trabajadores se incrementará a $ 4.786.-

En tanto aquellos trabajadores que sean directores y/o socios de sociedades pasarán a abonar $ 6.838.- en la categoría mas baja (ingresos inferiores a $ 15.000.-) $ 10.941- la categoría media (ingresos entre $ 15.000.- y $ 30.000.-) y $ 15.044.- la categoría mas alta (ingresos superiores a $ 30.000.-).

Destacamos que estos valores aún no han sido publicados por la AFIP en su Micrositio de Autónomos.

Grupos de ActividadesIngresos Brutos Obtenidos en el Año 2019CategoríasImporte Mensual Desde Septiembre/2020 (*)Importe Mensual Desde Diciembre/2020 (**)
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipoMayores a $ 30,000.-V$ 14.328,01$ 15.044,37
Mayores a $ 15,000.- y menores o iguales a $ 30,000.-IV$ 10.420,40$ 10.941,38
Menores o iguales a
$ 15,000.-
III$ 6.512,75$ 6.838,35
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de serviciosMayores a $ 20,000.-II$ 4.558,90$ 4.786,80
Menores o iguales a
$ 20,000.-
I$ 3.256,38$ 3.419,16
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anterioresMayores a $ 25,000.-II$ 4.558,90$ 4.786,80
Menores o iguales a
$ 25,000.-
I$ 3.256,38$ 3.419,16
Afiliaciones voluntariasSin limitaciónI$ 3.256,38$ 3.419,16
Menores de 18 hasta 21 AñosSin limitaciónI$ 3.256,38$ 3.419,16
Jubilados por la Ley 24241Sin limitaciónI$ 2.747,57$ 2.884,90
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24828Sin limitaciónI$ 1.119,38$ 1.175,31
Actividades penosas o riesgosasI'$ 3.561,67$ 3.739,72
II'$ 4.986,30$ 5.235,58
III'$ 7.123,32$ 7.479,45
IV'$ 11.397,31$ 11.967,14
V'$ 15.671,27$ 16.454,79
     
(*) Importes según AFIP.
(**) Importes estimados según Decreto 899/2020 (índice de movilidad 5%) 

Topes a la Base Imponible

 Importe Mensual Desde Septiembre/2020 (*)Importe Mensual Desde Diciembre/2020 (**)
Empleados en relación de dependenciaBase imponible mínima para descuentos legales$ 6.105,77$ 6.411,06
Base imponible máxima para descuentos legales$ 198.435,50$ 208.357,28
    
(*) Importes según Resolución N° 325/2020 de la ANSES.  
(**) Importes estimados según Decreto 899/2020 (índice de movilidad 5%) 
De estos temas se habla en esta nota
Controlador Fiscal
Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.