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Personal de Casas Particulares ¿Cómo registrar en el recibo de sueldo el bono de fin de año?
La AFIP informó a través de su ABC de consultas frecuentes como liquidar en el recibo de sueldo de los trabajadores domésticos la asignación no remunerativa de $24.000.- dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 27/12/2022 09:22 Hs.
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La AFIP informó a través de su ABC de consultas frecuentes como liquidar en el recibo de sueldo de los trabajadores domésticos la asignación no remunerativa de $24.000.- dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo. Recordamos que el Decreto 841 establece una asignación no remunerativa por única vez para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado (incluyendo aquellos que se rigen por la ley 26.844 de trabajo en casas particulares), que ascenderá a la suma de hasta $24.000.-, que será abonada por los sujetos empleadores en el mes de diciembre de 2022. La asignación no remunerativa se aplicará a los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859.- o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional. Asimismo, recordamos que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional.

¿Cómo registrar en el recibo de sueldo el monto abonado en concepto de asignación no remunerativa conforme el Decreto 841/2022?

La confección del recibo de sueldos del personal de casas particulares se efectúa a través de la página web de AFIP con clave fiscal. y el problema es que no existe un concepto específico para incorporar el pago del bono. Por ello es que AFIP, a través del ABC de consultas frecuentes, aclara como liquidar esta asignación.
El importe abonado en concepto de asignación no remunerativa establecido por medio del Decreto 841/2022, debe exponerse en la sección "Adicionales y descuentos". Para eso, en el campo "Conceptos" se debe seleccionar la opción "Otros" y consignar el valor del pago efectuado. Luego, en el campo "Observaciones" se debe completar la leyenda para que el pago del beneficio quede identificable.

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