La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó las condiciones del régimen especial de facilidades de pago para los contribuyentes que computaron incorrectamente quebrantos en el impuesto a las ganancias, a través de la Resolución General 5688/2025, publicada en el Boletín Oficial del 7 de mayo de 2025.
La medida modifica el artículo 5° de la Resolución General 5684/2025, aclarando los efectos jurídicos de la adhesión al régimen. Según lo dispuesto, quienes ingresen al plan deberán renunciar expresamente a cualquier acción o derecho de repetición sobre los montos y períodos incluidos, en línea con lo previsto en el artículo 81 de la Ley 11.683.
Además, en casos donde existan deudas en discusión administrativa, judicial o en ejecución fiscal, los contribuyentes deberán ajustarse a las condiciones del Capítulo J de la Resolución General 5321, que regula situaciones de controversia en trámite.
La norma mantiene la posibilidad de presentar más de un plan de pagos durante el período habilitado, pero aclara que cada período fiscal solo podrá regularizarse una vez, limitando la reiteración de acogimientos por el mismo hecho imponible.
Este ajuste forma parte de las medidas de ordenamiento del sistema de control fiscal que lleva adelante ARCA, brindando herramientas de regularización pero asegurando a su vez seguridad jurídica y previsibilidad sobre los efectos de su utilización.