Con el Decreto 318/2025, el Poder Ejecutivo Nacional eliminó regulaciones vigentes desde hace casi 90 años para la exportación de hortalizas frescas. La medida, que deroga el Decreto 71.178/35, busca agilizar los procesos, reducir cargas administrativas y alinear las exigencias locales con los estándares internacionales ya supervisados por el SENASA.
En el marco de una política orientada a desburocratizar y modernizar la normativa agroexportadora, el Gobierno Nacional derogó el Decreto 71.178/1935, que reglamentaba la exportación de hortalizas frescas.
La medida fue formalizada a través del Decreto 318/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, con vigencia inmediata.
La norma derogada imponía exigencias en cuanto a tipificación, empacado y fiscalización, establecidas hace casi 90 años, bajo un esquema legal que fue derogado por la Ley 27.444, de simplificación y desburocratización del Estado.
Según el texto oficial, los requisitos establecidos por el decreto de 1935 eran anacrónicos y obsoletos, generaban confusión normativa y funcionaban como barreras regulatorias innecesarias que afectaban la competitividad del sector hortícola argentino.
La decisión no implica una desregulación total del sector. El control fitosanitario y la salubridad de las hortalizas frescas continuará bajo la órbita del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), que opera según los estándares internacionales exigidos en el comercio exterior.
Se busca con esta medida simplificar la operatoria exportadora, reducir tiempos de espera, eliminar requisitos de habilitación en plantas de origen y adecuar la normativa a las prácticas logísticas y comerciales actuales.
La iniciativa se enmarca dentro de una estrategia general del Gobierno para eliminar normativas en desuso y actualizar el marco regulatorio del comercio exterior agroindustrial. Se apunta a facilitar el ingreso de productos argentinos a nuevos mercados y fomentar la competitividad del agro frente a sus pares regionales e internacionales.