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Economía y Finanzas
Disposiciones 3294/2025 y 3280/2025
La ANMAT incorpora el código QR obligatorio en medicamentos y elimina trámites para alimentos de uso personal
La ANMAT resolvió que todos los medicamentos sintéticos o semisintéticos deberán incluir un código QR en sus envases y, además, deja sin efecto trámites para el ingreso de alimentos destinados a uso personal, donaciones o tratamientos médicos específicos, en el marco de su política de simplificación normativa.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 19/05/2025 12:34 Hs.
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La ANMAT dispuso la inclusión obligatoria de códigos QR en envases de medicamentos y eliminó trámites para importar alimentos destinados a uso personal, donaciones o fines médicos específicos.

A través de las disposiciones 3294/2025 y 3280/2025, la ANMAT dispuso que los medicamentos deberán incluir códigos QR para acceder digitalmente a los prospectos y eliminó su intervención en trámites vinculados al ingreso de alimentos para uso personal, donaciones o uso médico compasivo. Estas medidas modernizan el acceso a la información y reducen la carga administrativa, sin comprometer los estándares sanitarios.

En el marco de una política de modernización y simplificación normativa, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó dos disposiciones complementarias que impactan en el ámbito sanitario y alimentario: la incorporación obligatoria de códigos QR en medicamentos y la eliminación de trámites de importación para alimentos en casos específicos.

Código QR obligatorio en medicamentos

Mediante la Disposición 3294/2025, la ANMAT estableció que, desde el 19 de mayo de 2025, todos los envases secundarios de especialidades medicinales de origen sintético o semisintético deberán incluir un código QR, que permita acceder digitalmente a los prospectos mediante dispositivos móviles.

  • La inclusión será obligatoria en envases secundarios y opcional en envases primarios.
  • El código QR será provisto por el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) y deberá gestionarse al momento de la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) o, para productos ya autorizados, dentro del plazo de un año.
  • El QR podrá coexistir con la versión impresa del prospecto, y su implementación permitirá actualizaciones en tiempo real, evitando la circulación de información desactualizada.

Con esta medida, la ANMAT busca mejorar la accesibilidad a la información sanitaria, reducir errores y promover el uso de herramientas tecnológicas en beneficio del paciente.

Desregulación para el ingreso de alimentos

Por otro lado, la Disposición 3280/2025 elimina la intervención de la ANMAT en trámites vinculados al ingreso de alimentos destinados a uso personal, provenientes de donaciones o con fines médicos específicos de uso compasivo.

Esta resolución se enmarca en la modificación del Decreto 2126/71 por el Decreto 35/2025, y complementa lo dispuesto por la Disposición ANMAT 537/2025, derogando normativas anteriores que exigían gestiones innecesarias para el ingreso no comercial de ciertos alimentos.

  • Se elimina la exigencia de constancias o autorizaciones para uso personal o donaciones.
  • Queda prohibida su comercialización o uso con fines de lucro.
  • Rige desde su publicación en el Boletín Oficial (19 de mayo de 2025).

Estas reformas consolidan el rumbo hacia una ANMAT más ágil y digitalizada, que optimiza recursos y resguarda estándares sanitarios, al tiempo que reduce cargas burocráticas para usuarios, pacientes y operadores de salud.

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