La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó el nuevo régimen de declaración jurada “IVA Simple”, durante una conferencia virtual organizada por la FACPCE ante más de 4000 profesionales de todo el país. La nueva herramienta, que estará operativa desde mayo 2025, unifica módulos, precarga datos disponibles y reemplaza formularios previos, simplificando el cumplimiento fiscal para la mayoría de los contribuyentes.
En el marco de una jornada de capacitación técnica organizada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), funcionarios de la ARCA presentaron oficialmente el nuevo sistema de declaración jurada del IVA “IVA Simple”, un régimen diseñado para simplificar la presentación tributaria y reducir la carga administrativa para contribuyentes.
Conectados a través de la plataforma virtual y del canal de YouTube de la Federación, más de 4000 profesionales de ciencias económicas participaron del evento, que será subido próximamente a la plataforma E-FACPCE.
La apertura estuvo a cargo del presidente de FACPCE, José Simonella, junto a la vicepresidente 2°, Ada Valeria Salinas, y el secretario Oscar Fernández, coordinadores de la CEAT.
Durante la exposición, autoridades de ARCA explicaron el funcionamiento técnico de “IVA Simple”, cuya implementación comienza a partir del período fiscal mayo 2025, con un esquema transitorio hasta octubre, y obligatoria desde noviembre.
La declaración jurada del IVA ha atravesado una evolución significativa en las últimas décadas. En sus inicios, se confeccionaba en formato papel, lo que implicaba un alto grado de carga manual, riesgos de errores y tiempos administrativos elevados. Posteriormente, se incorporó el uso del aplicativo SIAP, que permitió digitalizar el proceso, aunque mantuvo la necesidad de descarga de software y carga manual de datos.
En la actualidad, conviven tanto la presentación web como la utilización del aplicativo SIAP, dependiendo del perfil del contribuyente. Esta coexistencia se da junto a la existencia de múltiples formularios (F.731, F.810, F.2002, F.2082), y sin una precarga sistémica de datos, lo que obliga a los contribuyentes a repetir información que ya se encuentra en poder de la administración tributaria.
Según ARCA, con la implementación del régimen IVA Simple, se avanza hacia un modelo más moderno de DJ Web proforma y simplificada, donde el sistema precargará información previamente declarada por el propio contribuyente o por terceros, eliminando datos duplicados e integrando en una única plataforma la registración de operaciones, la determinación del impuesto y del saldo técnico.
Este nuevo esquema distingue entre contribuyentes sin particularidades, quienes podrán operar completamente bajo el sistema web, y aquellos con situaciones especiales o regímenes complejos, que continuarán utilizando el SIAP. La declaración jurada, entonces, se transformará en un proceso más ágil, transparente y automatizado, en línea con los objetivos de modernización tributaria planteados por ARCA.
En concreto, el IVA Simple tendrá las siguientes características principales:
El nuevo régimen IVA Simple está estructurado en tres módulos principales que se integran de forma secuencial y automatizada:
La carga adecuada de cada módulo es imprescindible para poder avanzar al siguiente, y toda la información se gestiona a través del Portal IVA, con fuerte foco en la reutilización de datos ya disponibles en los sistemas de ARCA.
En el Módulo de Registración Electrónica de Operaciones, el contribuyente deberá registrar sus operaciones de compras y ventas. Para facilitar esta tarea, ARCA pondrá a disposición los comprobantes emitidos y recibidos, permitiendo además la importación de datos desde sistemas administrativos o contables propios.
Será posible realizar las modificaciones necesarias, así como incorporar ajustes al débito y crédito fiscal, como perfeccionamientos de hechos imponibles o créditos fiscales vinculados a contribuciones de la seguridad social.
También se deberá completar la información por actividad económica, ya sea manualmente o mediante importación de archivos. Una vez concluida esta etapa, el sistema habilitará el acceso al módulo siguiente.
El Módulo de Determinación del Impuesto tomará automáticamente el débito y crédito fiscal registrados en la etapa anterior. Además, integrará el saldo técnico del período anterior, que se extraerá del Sistema de Cuentas Tributarias, aunque podrá ser ajustado en casos justificados como reorganizaciones societarias o cambios de CUIT.
Finalmente, en el Módulo de Determinación del Saldo, se incorporarán las retenciones y percepciones sufridas, permitiendo la edición de datos mientras no sea obligatorio el uso del sistema SIRE.
También será posible importar información desde el propio sistema contable del contribuyente, y se trasladará automáticamente el saldo de libre disponibilidad y las compensaciones desde el sistema de cuentas tributarias, con posibilidad de ajustes cuando corresponda.
Este enfoque modular tiene como objetivo simplificar el cumplimiento fiscal, reduciendo errores, tiempos y tareas duplicadas, gracias a la integración progresiva y la reutilización de datos existentes en los sistemas del fisco y del propio contribuyente.
Resumiendo lo expuesto:
Registración electrónica de operaciones
Determinación del impuesto
Determinación del saldo
Durante el período de transición comprendido entre mayo y octubre de 2025, los contribuyentes podrán optar por utilizar el nuevo Formulario F.2051 correspondiente al régimen IVA Simple, o bien continuar utilizando los formularios tradicionales F.731, F.810 y F.2002, según corresponda al tipo de contribuyente.
A partir del período fiscal noviembre 2025, el uso del F.2051 será obligatorio, quedando sin efecto el Formulario 2082 (“IVA Listo”), que no seguirá vigente bajo la nueva estructura.
En todos los casos, la registración electrónica de operaciones y sus respectivos ajustes deberá realizarse a través del Portal IVA, como paso previo e indispensable para la determinación del impuesto y del saldo.
En cuanto a las declaraciones juradas rectificativas, las correspondientes a períodos anteriores a mayo de 2025 deberán presentarse utilizando los formularios tradicionales que se encontraban en uso en cada caso (F.731, F.810, F.2002 o F.2082).
Durante el período de transición, será posible rectificar mediante los formularios tradicionales o el nuevo F.2051, según el régimen utilizado inicialmente. A partir de noviembre de 2025 en adelante, todas las rectificativas deberán presentarse exclusivamente con el Formulario F.2051.
En resumen:
El sistema fue bien valorado por sus ventajas operativas: una única DJ Web, con precarga automática, eliminación de formularios como el F.2082, y tres módulos integrados (registración, determinación del impuesto y del saldo).
Sin embargo, desde el sector profesional surgieron críticas por la fecha elegida para su implementación: mayo de 2025, coincidiendo con el cronograma de vencimientos de las declaraciones juradas anuales del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, lo que podría saturar la capacidad operativa de los estudios contables.
Desde nuestro lugar, compartimos las críticas considerando y entendiendo que no es un momento razonable para incorporar un nuevo sistema de declaración, por más beneficioso que sea en el mediano plazo.
El reclamo central es que la puesta en marcha del F.2051 y la necesidad de adaptar sistemas administrativos y contables se suma a una de las épocas más exigentes del año para los estudios contables, generando riesgo de colapso operativo y mayores márgenes de error.
Frente a esta situación, solicitamos a la FACPCE y a los Consejos Profesionales de todo el país a solicitar formalmente una prórroga en la implementación obligatoria de IVA Simple, al menos hasta después del calendario de vencimientos anuales, en defensa del ejercicio profesional y la calidad del cumplimiento tributario.