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Impuestos
Mala noticia de ARCA: no habrá prórroga para Ganancias y Bienes Personales
La Agencia de Recaudación ratificó a través de X (ex Twitter) que el lunes 23 de junio es la fecha límite para la presentación de Ganancias y Bienes Personales 2024. Se descarta una prórroga.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 19/06/2025 15:26 Hs.
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Ganancias y Bienes Personales: ARCA ratifica que el lunes 23 vence el plazo de presentación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que el próximo lunes 23 de junio vence el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2024.

Mediante una publicación en su cuenta oficial de X (ex Twitter), ARCA recordó a los contribuyentes que el plazo para la presentación de la declaración jurada determinativa opera el lunes 23. El mensaje ratifica que, al día de la fecha, no habrá una prórroga adicional para este vencimiento clave del calendario fiscal argentino.










La confirmación se da en medio de expectativas del sector profesional, que venía solicitando una extensión del cronograma, dadas las múltiples obligaciones fiscales concentradas durante el mes de junio y considerando los graves y persistentes inconvenientes técnicos observados en la página de ARCA sobre todo en los aplicativos web que deben utilizarse para generar estas declaraciones juradas.

Cabe destacar que el plazo para el pago del saldo resultante de las declaraciones vence el martes 24 de junio, de acuerdo a la Resolución General (ARCA) 5702/2025, que estableció una prórroga excepcional a fines de mayo.

Sin cambios: el calendario impositivo de junio sigue en pie

El tuit publicado por ARCA funciona como una señal oficial clara de que no habrá nuevos movimientos en el calendario fiscal de este mes. De esta forma, los profesionales y contribuyentes deberán presentar sus declaraciones y realizar los pagos dentro de los plazos ya previstos.

Ganancias y Bienes Personales 2024:

  • Presentación de DDJJ: vence lunes 23/6
  • Pago del saldo: vence martes 24/6

Desde BDC - Blog del Contador, esperamos que esta situación sea reconsiderada de cara a los próximos períodos fiscales

Como manifestamos públicamente a través de nuestras redes, los últimos años han dejado en claro que los vencimientos de las declaraciones juradas anuales deberían pasar al mes de julio, permitiendo preparar y presentar los formularios sin estar sometidos a la presión de vencimientos apretados ni a la incertidumbre de prórrogas de último momento.

Naturalmente, para que este cambio sea viable, ARCA deberá habilitar los aplicativos de liquidación con antelación suficiente, idealmente desde comienzos o mediados de marzo. Confiamos en que las autoridades tomen nota de esta necesidad que compartimos con la gran mayoría de los profesionales dedicados a la liquidación de impuestos.

Una prórroga previa, pero acotada

La actual fecha límite del 23 de junio fue establecida mediante la Resolución General (ARCA) 5702/2025, publicada a fines de mayo. Esta resolución otorgó una prórroga excepcional respecto de los vencimientos originalmente previstos para los días 11, 12 y 13 de junio según terminación de CUIT, tras el reclamo de entidades profesionales.

Si bien la medida fue bienvenida por los contadores, fue ampliamente criticada por su escasa utilidad práctica: debido a los feriados del 17 y 20 de junio, el alivio real terminó siendo de entre 3 y 5 días hábiles.

Además, en muchos casos las tareas se vieron duplicadas por las dificultades que representa el uso de los aplicativos web para la confección de las declaraciones juradas.

También vence el Impuesto Cedular

Las fechas límite para la presentación y el ingreso del saldo resultante del impuesto cedular no fueron modificadas y son las siguientes:

Año 2024:

Presentación:

Terminación de CUITFecha de presentación
0, 1, 2 y 319/06/2025, inclusive
4, 5 y 623/06/2025, inclusive
7, 8 y 924/06/2025, inclusive

Pago:

Terminación de CUITFecha de Pago
0, 1, 2 y 323/06/2025, inclusive
4, 5 y 624/06/2025, inclusive
7, 8 y 925/06/2025, inclusive

 

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