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Laboral y Previsión Social
El Gobierno prorroga y actualiza el Programa Puente al Empleo con nuevas condiciones y beneficios
El Programa Puente al Empleo se prorroga hasta diciembre de 2026 con cambios clave. Incluye nuevos programas sociales y actualiza beneficios para empleadores que contraten personal. Conocé los requisitos y modalidades.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 07/07/2025 14:19 Hs.
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Cómo acceder al nuevo Programa Puente al Empleo 2025-2026: requisitos, beneficios y exclusiones

El Gobierno Nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el Programa Puente al Empleo, incorporando los Programas Volver al Trabajo y de Acompañamiento Social como destinatarios en reemplazo de Potenciar Trabajo. Además, se excluye el Programa Jóvenes MIPYMES, se actualizan los beneficios y se establecen nuevas condiciones para el alta laboral y la reducción de contribuciones patronales.

El Gobierno Nacional oficializó la prórroga y actualización del Programa Puente al Empleo, mediante la Resolución Conjunta 1/2025 de los Ministerios de Capital Humano y de Economía. La norma, publicada en el Boletín Oficial el 7 de julio de 2025, extiende la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2026, y redefine tanto los beneficios como los programas sociales y educativos alcanzados.

De acuerdo a lo dispuesto, el Programa Puente al Empleo tiene como objetivo transformar prestaciones sociales en trabajo registrado, promover la inclusión laboral y facilitar la inserción de personas en situación de vulnerabilidad. Entre las principales novedades, se incorpora a los Programas Volver al Trabajo y de Acompañamiento Social como destinatarios de los beneficios, reemplazando al Programa Potenciar Trabajo, que cesó su vigencia. En paralelo, se excluye el Programa Jóvenes MIPYMES y se redefine la articulación con otros programas existentes.

Los empleadores que contraten trabajadores incluidos en los programas habilitados podrán acceder, para esos nuevos trabajadores, a una serie de beneficios fiscales: la imputación de la asignación dineraria a cuenta de remuneraciones y una reducción del 100% de las contribuciones patronales sobre determinados subsistemas de la seguridad social, por un plazo de 12 meses

Sin embargo, se establecen condiciones diferenciadas según la modalidad contractual: por ejemplo, en los contratos a plazo fijo el beneficio se reduce a un máximo de 6 meses, mientras que en el trabajo a tiempo parcial la reducción de contribuciones será de 50%.

De acuerdo a la reglamentación del programa, los beneficios son aplicables respecto de cada una de las nuevas incorporaciones que produzcan un incremento neto en la nómina de personal. La resolución conjunta publicada hoy establece que a los efectos de determinar el incremento neto de la nómina de personal, se aplicarán las siguientes reglas:

Para contrataciones que se efectuaren entre el 1° de octubre de 2024 y el 6 de julio de 2025, ambas fechas inclusive:

a. En el caso de empleadores existentes al 31 de diciembre de 2021, se considerará como base el número promedio de trabajadores dependientes declarados durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021, ambas fechas inclusive;

1. En el caso de empleadores con fecha de inicio de actividades posterior al 31 de diciembre de 2021, se considerará como base el valor CERO (0);

2. Para contrataciones que se efectuaren entre el día de entrada en vigencia de la presente norma y el 31 de diciembre de 2026, ambas fechas inclusive.

b. En el caso de empleadores existentes al 31 de diciembre de 2024, se considerará como base el número promedio de trabajadores dependientes declarados durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas inclusive;

1. En el caso de empleadores con fecha de inicio de actividades posterior al 31 de diciembre de 2024, se considerará como base el valor CERO (0).

La norma aclara que los empleadores solo podrán acceder al beneficio una única vez por cada trabajador, y no podrán aplicarlo a personas que ya cuenten con empleo registrado al momento de la contratación. Asimismo, se fijan nuevas líneas de base para calcular el incremento neto de personal que habilita la adhesión, diferenciando períodos según la fecha de alta laboral.

La adhesión al programa se gestionará a través del Portal Empleo (www.portalempleo.gob.ar) o en oficinas de la Red de Servicios de Empleo, y la imputación de las asignaciones dinerarias se canalizará mediante el Programa de Inserción Laboral. Además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Secretaría de Trabajo realizarán cruces de datos con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para verificar las altas y bajas laborales.

Finalmente, la resolución establece que las relaciones laborales iniciadas durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026 podrán acogerse al régimen, deroga la normativa anterior (Resolución Conjunta 4/2022) y mantiene vigentes las acciones ya iniciadas bajo ella hasta su finalización.

Este programa, desde diciembre de 2023 a septiembre de 2024, facilitó la contratación de más de 5.800 personas a través de más de 1.300 empresas. Los principales destinatarios son personas jóvenes de 18 a 24 años que acceden por primera vez a un empleo formal y las empresas contratantes están mayormente vinculadas con servicios de fast food y locales de ventas de comida, construcción y servicios generales, entre otras.

Según señaló el Gobierno a través de un comunicado, se espera que en el período 2025/2026 puedan participar del programa alrededor de 5.800 empresas contratando a más de 34.000 personas.

De esta manera, el Gobierno busca fortalecer la transición de planes sociales al empleo formal, con una actualización de beneficios e incentivos fiscales para los empleadores que promuevan la registración de trabajadores.

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