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Ganancias 2025: ARCA oficializó la actualización de escalas y deducciones para el segundo semestre
Desde julio 2025 rige un incremento del 15,10% en las deducciones personales y en la tabla progresiva del impuesto. La medida reduce las retenciones mensuales para empleados en relación de dependencia.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 17/07/2025 14:25 Hs.
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Ganancias 2025: cuánto sube el mínimo no imponible y desde qué sueldo se empieza a pagar

La actualización semestral del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia ya fue oficializada por ARCA. A partir de julio 2025, las deducciones personales y escalas progresivas suben un 15,10%, en línea con la inflación del primer semestre. Esta medida impacta en las retenciones mensuales, el mínimo no imponible y la liquidación anual, beneficiando especialmente a quienes no tuvieron aumentos salariales significativos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización semestral del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, que rige desde julio 2025, con un incremento del 15,10% tanto en las deducciones personales como en los tramos de la escala progresiva.

Lo hizo en el día de hoy a través de la publicación en su pagina web de las tablas de Ganancias con las deducciones y escala actualizadas para el segundo semestre junto con los importes definitivos para la liquidación anual.

El ajuste se basa en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre diciembre de 2024 y junio de 2025, en cumplimiento con la Resolución General (AFIP) 4003/2017 y sus modificatorias, entre ellas la RG 5531/2024.

Nuevos montos de deducciones personales

Los nuevos valores de las deducciones para el período julio - diciembre son:

  • Ganancia no imponible: $4.211.886,94
  • Cónyuge: $3.966.752,72
  • Hijo: $2.000.447,87
  • Hijo incapacitado para el trabajo: $4.000.895,74
  • Deducción especial: $20.217.057,35

-→ Deducciones julio-diciembre

En tanto, los nuevos valores de deducción definitivos para el período anual 2025 son:

  • Ganancia no imponible: $4.507.505,52
  • Cónyuge: $4.245.166,13
  • Hijo: $2.140.852,77
  • Hijo incapacitado para el trabajo: $4.281.705,54
  • Deducción especial: $21.636.026,48

-→ Deducciones anuales definitivas

Escala progresiva del segundo semestre 2025

La escala progresiva del artículo 94 también se actualizó, aplicando nuevos tramos acumulados. 

-→ Ver escala completa julio-diciembre

-→ Escala anual

¿Por qué hay montos distintos para el período anual y para el acumulado mensual a diciembre?

Una duda frecuente entre empleados y empleadores es por qué existen dos tablas de deducciones y escalas: una mensual acumulada (para el cálculo de retenciones mes a mes) y otra anual definitiva (para la liquidación final del impuesto). Esta diferencia se debe al mecanismo escalonado de actualización que establece la Ley del Impuesto a las Ganancias.

Los importes de las deducciones personales (artículo 30) y de la escala progresiva (artículo 94) se computan bajo las siguientes reglas:

Primer semestre (enero a junio): Los valores se aplican mensualmente, acumulados en ese período, con base en los importes actualizados al 1° de enero.

Segundo semestre (julio a diciembre): Se suman los nuevos montos mensuales vigentes desde el 1° de julio, acumulados mes a mes, más lo ya computado durante el primer semestre.

Liquidación anual (año completo): Se recalcula todo el período fiscal aplicando las deducciones y escalas actualizadas al 1° de julio, de forma retroactiva y acumulativa. Si durante el año se realizaron retenciones en exceso, el empleador deberá devolver esa diferencia al trabajador.

Esta estructura escalonada provoca que durante el segundo semestre las retenciones sean calculadas con parámetros parcialmente actualizados, lo que puede derivar en retenciones más altas que las que corresponderían si se aplicara directamente el valor anual definitivo. Por ello, la liquidación anual compensa esos desfasajes.

Esta metodología está contemplada en la normativa vigente, particularmente en la RG 4003/2017 y su modificatoria RG 5531/2024.

¿Desde qué sueldo se paga Ganancias?

Con la actualización, el piso salarial para empezar a tributar también sube. Estimaciones aproximadas:

Situación familiarNeto mensualBruto mensual
Soltero sin hijos$2.360.180$2.843.590
Casado con 2 hijos$3.129.967$3.771.045
Soltero con 1 hijo$2.553.451$3.076.447

Impacto en las retenciones

La medida beneficia a los trabajadores que mantuvieron ingresos estables o con aumentos inferiores al 15,10%, ya que sus retenciones se reducirán o incluso dejarán de tributar. Algunos ejemplos:

  • Sueldo bruto $5.000.000 (soltero): retención baja de $617.700 a $487.600
  • Sueldo bruto $2.500.000: deja de pagar (antes retenían $12.690 mensuales)
  • Sueldo bruto $3.000.000 (casado con 2 hijos): no tributa (antes pagaba $10.600)

¿Desde cuándo rige y cómo se aplica?

La nueva tabla se aplica sobre todos los haberes pagados desde julio, incluso los sueldos devengados en junio pero cobrados este mes. Si el empleador utilizó los valores anteriores, debe reliquidar la retención junto con los haberes de julio.

Liquidación anual y devolución

En abril o mayo de 2026, el empleador deberá hacer la liquidación anual del impuesto, aplicando las deducciones definitivas actualizadas al 1° de julio. Si durante el segundo semestre se practicaron retenciones mayores, se deberá devolver el excedente al trabajador.

Este mecanismo escalonado genera que en la práctica los empleados financien con su salario un adelanto del impuesto, lo cual se regulariza recién al año siguiente.

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