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Laboral y Previsión Social
Obras Sociales: prorrogan el trámite de permanencia para evitar la derivación directa a prepagas
La Superintendencia de Servicios de Salud prorrogó hasta el 31 de diciembre el plazo para realizar el trámite de “Voluntad de Permanencia en Obra Social”. Enterate cómo evitar la derivación automática y qué pasa si ya fuiste transferido.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 07/08/2025 12:23 Hs.
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La Superintendencia de Servicios de Salud extendió hasta el 31 de diciembre el plazo para que los afiliados manifiesten su voluntad de permanecer en su obra social original, sin quedar sujetos al pase automático ni al período mínimo de permanencia.
  • La Resolución 1608/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para realizar el trámite “Voluntad de Permanencia en Obra Social”, que permite a los beneficiarios evitar la derivación automática de sus aportes a una prepaga y continuar afiliados a su obra social de origen. 
  • Además, se elimina el requisito de permanencia mínima de 12 meses para quienes ya hayan sido derivados.

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) prorrogó, a través de la Resolución 1608/2025, el plazo para que los afiliados del sistema manifiesten su decisión de continuar en la obra social que actualmente recibe sus aportes y contribuciones, sin ser transferidos automáticamente a una empresa de medicina prepaga.

El trámite “Voluntad de Permanencia en Obra Social” ahora podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2025, de manera remota a través del sistema de Trámite a Distancia (TAD) con CUIT y clave fiscal, bajo un mecanismo seguro, simple y transparente.

Esto significa que, aquellas personas que a partir de la Resolución 1/2025 comenzaron a derivar sus aportes y contribuciones de manera directa a la empresa de medicina prepaga contratada, tendrán la posibilidad de elegir permanecer en su Obra Social de origen hasta el 31 de diciembre de 2025.

El mencionado trámite “Voluntad de Permanencia en Obra Social” sirve para expresar de forma clara la voluntad de permanecer en la Obra Social a la cual se encontraba afiliado el beneficiario al 31 de enero de 2025, y recibir exclusivamente las prestaciones médicas brindadas por dicha Obra Social. Es de acceso exclusivo para beneficiarias/os titulares del Sistema de Salud e impactará a todo el grupo familiar, en caso de que lo hubiere.

Desde el Gobierno aclararon que este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b) del Art. 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 30 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

Esta extensión aplica a quienes fueron alcanzados por la Resolución 1/2025, que estableció la derivación directa de aportes hacia la prepaga contratada por el beneficiario. En estos casos, el trámite permite expresar la voluntad de seguir afiliado a la obra social de origen, manteniendo la relación prestacional vigente.

Importante: La norma también establece que aquellos afiliados que ya hayan sido transferidos automáticamente podrán cambiar nuevamente de entidad sin necesidad de cumplir el plazo mínimo de 12 meses de permanencia, habitualmente exigido en el régimen general de cambios de obra social.

Desde la SSS destacaron que esta medida garantiza el principio de libre elección, protege los aportes como salario diferido del trabajador y evita que sean redirigidos sin consentimiento a entidades que no generen valor prestacional tangible.

Esta prórroga es parte del proceso de adecuación normativa iniciado tras el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que incorporó a las empresas de medicina prepaga dentro del régimen de obras sociales, habilitando la derivación de aportes de forma automática cuando haya contratación directa por parte del afiliado.

La resolución ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial del 7 de agosto de 2025.


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