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AGIP: vence el plazo para la recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos
Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos tienen tiempo hasta fin de agosto para realizar la recategorización online. Quiénes deben hacer el trámite y qué pasa si no se cumple.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 29/08/2025 14:13 Hs.
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Los contribuyentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben revisar su categoría en el Régimen Simplificado y confirmar o modificar su situación a través de la web de AGIP.

La AGIP recordó que los contribuyentes del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos deben cumplir con la recategorización semestral. El trámite es online, vence el último día hábil de agosto y corresponde cuando varían los parámetros de facturación, superficie o consumo eléctrico.

Ingresos Brutos: vence el plazo para la recategorización del Régimen Simplificado en agosto 2025

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) estableció que los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad deben realizar la recategorización correspondiente al semestre enero-junio 2025 antes de que finalice el mes de agosto.

Este trámite debe hacerse de manera online mediante el aplicativo disponible en el portal oficial de AGIP, con Clave Ciudad nivel 2. Allí, cada contribuyente debe ingresar sus datos y confirmar si mantiene la misma categoría o si corresponde un cambio.

La obligación de recategorizarse surge cuando se verifican variaciones en los ingresos, superficie afectada o consumo de energía eléctrica, parámetros que determinan el encuadre en las distintas escalas vigentes.

En caso de no existir cambios en esos parámetros, la recategorización no es obligatoria. La falta de presentación implica la ratificación automática de la categoría anterior.

De acuerdo con la Resolución AGIP 284/2024, la recategorización en este régimen se realiza de forma semestral, en lugar del esquema cuatrimestral que regía previamente. Los plazos de vencimiento son el último día hábil de febrero y de agosto

No obstante, a pesar de lo que dice la normativa vigente, en la página web oficial de la AGIP se informa que el vencimiento es el domingo 31 de agosto.

La constancia de inscripción permite verificar la categoría actual y, en caso de dudas, AGIP dispone de tutoriales y guías prácticas para completar el trámite.

Es importante destacar que quienes hayan iniciado actividades recientemente y aún no transcurrió un semestre completo, están exceptuados de recategorizarse.

En caso de incumplimiento, AGIP tiene facultades para efectuar una recategorización de oficio, asignando la categoría que corresponda según los parámetros que surjan de la información fiscal disponible.

Categorías de Régimen Simplificado 2025

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó un aumento en los topes de ingresos para las categorías del régimen. La Resolución 320/AGIP/2025 actualizó la cantidad de categorías y los valores de referencia, equiparándolos al Monotributo nacional (ARCA).

  • Límite de operaciones: hasta $94.805.682,90.
  • Ampliación de categorías: ahora van de la A a la K.
  • Precio unitario máximo: $536.767,47.
  • Parámetros sin cambios: se mantienen iguales los topes de superficie (200 m²) y consumo eléctrico (20.000 KW).

AGIP destacó que mantiene cruces de información permanentes con ARCA y otros organismos para verificar que los contribuyentes estén correctamente categorizados según el volumen real de sus actividades.

Escala vigente 2025

CategoríaIngresos brutos anualesSuperficieEnergía eléctricaCuota bimestral
Ahasta $8.992.597,8730 m²3.330 KW$44.970
Bhasta $13.175.201,5245 m²5.000 KW$65.880
Chasta $18.473.166,1560 m²6.700 KW$92.370
Dhasta $22.934.610,0585 m²10.000 KW$114.680
Ehasta $26.977.793,60110 m²13.000 KW$134.890
Fhasta $33.809.379,57150 m²16.500 KW$169.050
Ghasta $40.431.835,35200 m²20.000 KW$202.160
Hhasta $61.344.853,64200 m²20.000 KW$306.730
Ihasta $68.664.410,05200 m²20.000 KW$343.330
Jhasta $78.632.948,76200 m²20.000 KW$393.170
Khasta $94.805.682,90200 m²20.000 KW$474.030

Exención para Monotributo Social

Desde 2015, la AGIP mantiene vigente una exención de pago para los contribuyentes adheridos al Monotributo Social de ARCA. La medida alcanza a personas en situación de vulnerabilidad social, cooperativas de trabajo y emprendimientos productivos reconocidos por ANSES, siempre que sus ingresos no superen los de la categoría A.

Con estas actualizaciones, el Régimen Simplificado porteño se alinea al Monotributo nacional, brindando mayor coherencia en los parámetros tributarios y facilitando la permanencia de los pequeños contribuyentes dentro del sistema formal.

¿Cómo hacer la recategorización paso a paso?


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