Los nuevos valores rigen entre el 1° de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. Las compensaciones únicas alcanzan $38,9 millones, $48,6 millones y $58,4 millones, mientras que las indemnizaciones mínimas se fijan en $87,6 millones por incapacidad laboral y $16,5 millones por muerte o incapacidad total.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publicó la Resolución 37/2025, mediante la cual se actualizan los valores de las compensaciones adicionales de pago único y los pisos mínimos de las indemnizaciones por Incapacidad Laboral Permanente (ILP) y muerte.
La medida, que se fundamenta en la variación semestral del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), tendrá vigencia entre el 1° de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.
En cuanto a las compensaciones de pago único previstas en el artículo 11 de la Ley 24.557, los nuevos valores son de $38.946.415, $48.683.019 y $58.419.605, según el supuesto aplicable.
Por su parte, el piso mínimo de indemnización por ILP (artículos 14 y 15 de la Ley 24.557) se fija en $87.629.423, mientras que para los casos de muerte o incapacidad total, la indemnización adicional prevista en la Ley 26.773 no podrá ser inferior a $16.595.103.
La norma recuerda que las prestaciones dinerarias en el marco del sistema de riesgos del trabajo son irrenunciables, no pueden cederse ni enajenarse y tienen el mismo privilegio que los créditos por alimentos.
De acuerdo con lo explicado en los considerandos, la actualización responde exclusivamente a un cálculo matemático derivado de la variación del índice RIPTE y busca dotar de seguridad jurídica a todos los actores del sistema.
El acto administrativo toma como antecedente inmediato la Resolución SRT 9/2025 y se apoya en la normativa de fondo constituida por las Leyes 24.557, 26.773 y 27.348, junto con el Decreto 1.694/09, que eliminó topes indemnizatorios y estableció la obligatoriedad de pisos mínimos.
La Resolución 37/2025 fue firmada por el superintendente de Riesgos del Trabajo, Gustavo Darío Morón, y entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del 1° de septiembre de 2025.