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Mar, 02 de Septiembre de 2025
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Laboral y Previsión Social
La SRT actualizó las indemnizaciones por riesgos del trabajo hasta febrero de 2026
La Resolución 37/2025 de la SRT fija los nuevos montos de compensaciones e indemnizaciones por incapacidad laboral y muerte. Conocé los valores vigentes entre septiembre 2025 y febrero 2026 según el índice RIPTE.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 01/09/2025 15:07 Hs.
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La Resolución (SRT) 37/2025 establece los montos de las compensaciones adicionales de pago único y los pisos mínimos de indemnizaciones por incapacidad laboral permanente y muerte, ajustados por RIPTE

Los nuevos valores rigen entre el 1° de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. Las compensaciones únicas alcanzan $38,9 millones, $48,6 millones y $58,4 millones, mientras que las indemnizaciones mínimas se fijan en $87,6 millones por incapacidad laboral y $16,5 millones por muerte o incapacidad total.

Riesgos del Trabajo: actualización de indemnizaciones septiembre 2025 – febrero 2026

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publicó la Resolución 37/2025, mediante la cual se actualizan los valores de las compensaciones adicionales de pago único y los pisos mínimos de las indemnizaciones por Incapacidad Laboral Permanente (ILP) y muerte.

La medida, que se fundamenta en la variación semestral del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), tendrá vigencia entre el 1° de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.

En cuanto a las compensaciones de pago único previstas en el artículo 11 de la Ley 24.557, los nuevos valores son de $38.946.415, $48.683.019 y $58.419.605, según el supuesto aplicable.

Por su parte, el piso mínimo de indemnización por ILP (artículos 14 y 15 de la Ley 24.557) se fija en $87.629.423, mientras que para los casos de muerte o incapacidad total, la indemnización adicional prevista en la Ley 26.773 no podrá ser inferior a $16.595.103.

La norma recuerda que las prestaciones dinerarias en el marco del sistema de riesgos del trabajo son irrenunciables, no pueden cederse ni enajenarse y tienen el mismo privilegio que los créditos por alimentos.

De acuerdo con lo explicado en los considerandos, la actualización responde exclusivamente a un cálculo matemático derivado de la variación del índice RIPTE y busca dotar de seguridad jurídica a todos los actores del sistema.

El acto administrativo toma como antecedente inmediato la Resolución SRT 9/2025 y se apoya en la normativa de fondo constituida por las Leyes 24.557, 26.773 y 27.348, junto con el Decreto 1.694/09, que eliminó topes indemnizatorios y estableció la obligatoriedad de pisos mínimos.

La Resolución 37/2025 fue firmada por el superintendente de Riesgos del Trabajo, Gustavo Darío Morón, y entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del 1° de septiembre de 2025.


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