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Laboral y Previsión Social
El Gobierno habilita a kioscos de diarios a funcionar como operadores postales
El Decreto 629/2025 deroga el régimen de venta de diarios y revistas en la vía pública y habilita a las paradas a operar como casillas de correo, con servicios de paquetería y comercio electrónico.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 04/09/2025 14:32 Hs.
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La medida elimina un régimen considerado obsoleto y abre el mercado a la libre competencia. Los kioscos de diarios podrán registrarse en ENACOM o firmar convenios con correos autorizados para ofrecer servicios postales y de e-commerce.

El Decreto (PEN) 629/2025 pone fin al régimen que regulaba la venta de diarios y revistas en la vía pública y disuelve el Registro Nacional de Vendedores. A partir de ahora, las paradas podrán registrarse como operadores postales ante el ENACOM o acordar con correos autorizados para ofrecer servicios de correspondencia, paquetería, comercio electrónico y entrega de documentación oficial.

Qué cambia con el Decreto 629/2025: kioscos de diarios podrán funcionar como operadores postales

El Poder Ejecutivo Nacional derogó el régimen jurídico que regulaba la venta y distribución de diarios y revistas en la vía pública, vigente desde el año 2000.

La medida fue adoptada a través del Decreto 629/2025, publicado en el Boletín Oficial del 4 de septiembre de 2025, y comenzó a regir al día siguiente.

Con esta decisión, queda sin efecto el Decreto 1025/2000 y su modificatorio, que establecían un sistema de registro y control para kioscos y distribuidores de publicaciones.

En consecuencia, se dispuso la disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, lo que elimina la obligación de inscribirse para ejercer la actividad.

Según los considerandos de la norma, el esquema derogado resultaba “obsoleto y restrictivo de la libre competencia”, limitando el acceso de otros actores al mercado.

En paralelo, el decreto habilita a que las paradas de diarios puedan convertirse en operadores postales, ya sea mediante su inscripción en el ENACOM o a través de convenios con correos autorizados.

Esto permitirá que los kioscos ofrezcan servicios de casilla de correo, entrega de correspondencia, paquetería, almacenamiento y distribución de productos de comercio electrónico, además de la entrega de documentación oficial como DNI, pasaportes y tarjetas bancarias.

El Gobierno destacó que la decisión se enmarca en su política de desregulación y apertura de mercados, eliminando normativas que —según el texto— distorsionaban los precios y restringían la iniciativa privada.

De acuerdo al decreto, la actividad de venta de diarios y revistas quedará regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación y por las normas locales que correspondan en cada jurisdicción.

La norma lleva la firma del presidente Javier Milei y de la ministra Sandra Pettovello.


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