ARBA aprobó la Resolución Normativa 26/2025, que introduce cambios en el régimen de reducción de alícuotas de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La norma flexibiliza requisitos, digitaliza el trámite, actualiza los motivos de reclamo y establece un plazo máximo de seis meses para los beneficios concedidos.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso una modernización del régimen de reducción y atenuación de alícuotas de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, vigente desde 2010.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución Normativa 26/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense el 8 de septiembre de 2025, y ya se encuentra en vigor.
El cambio alcanza a los contribuyentes que registren saldos a favor y busca evitar que las percepciones y retenciones acumuladas superen de manera significativa el impuesto efectivamente declarado.
Entre las novedades más relevantes, se estableció que el trámite será totalmente digital, mediante el sitio web de ARBA, con validación por CUIT y CIT. Los interesados deberán completar los datos bajo declaración jurada y podrán recibir requerimientos adicionales a través del Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC).
La normativa flexibiliza los requisitos para acceder al beneficio: será necesario estar inscripto en el impuesto, haber presentado las declaraciones juradas de los últimos doce meses, demostrar la existencia de saldos a favor y no registrar deudas en ejecución judicial.
La reducción o atenuación de alícuotas tendrá una vigencia máxima de seis meses y los efectos se reflejarán en los padrones de agentes de recaudación, que son utilizados para aplicar los regímenes de retención y percepción.
Asimismo, la resolución actualiza los motivos de reclamo frente a categorías de riesgo fiscal o situaciones especiales. Entre ellos figuran las exenciones en trámite, las actividades no alcanzadas, los cambios de categoría por levantamiento de embargos y la adhesión posterior al régimen simplificado de Ingresos Brutos.
También se contempla la posibilidad de exclusión de los contribuyentes que desarrollen únicamente actividades no alcanzadas por el tributo, evitando su inclusión en los padrones sujetos a retenciones bancarias.
ARBA aclaró que la presentación de información falsa o errónea en el procedimiento provocará la caída inmediata del beneficio y habilitará la aplicación de sanciones conforme al Código Fiscal bonaerense.
Con este nuevo esquema, el organismo provincial busca agilizar los trámites, reducir saldos inmovilizados a favor de los contribuyentes y otorgar mayor previsibilidad en la aplicación de las alícuotas de recaudación.