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Impuestos Provinciales
La Justicia avaló a ARBA y los Registros del Automotor seguirán recaudando impuestos en Buenos Aires
La Cámara Federal de La Plata dejó sin efecto la cautelar que suspendía la Resolución 26/2024 de ARBA. Los Registros de la DNRPA deberán seguir actuando como agentes de recaudación de Automotor y Sellos.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 09/09/2025 13:52 Hs.
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La Sala I de la Cámara Federal de La Plata resolvió a favor de la provincia de Buenos Aires y confirmó la vigencia de la Resolución Normativa 26/2024 de ARBA, que habilita a los Registros Seccionales de la DNRPA a actuar como agentes de recaudación.

El fallo revocó la medida cautelar solicitada por el Ministerio de Justicia de la Nación. Con la decisión, se ratifica la potestad tributaria bonaerense y se garantiza la continuidad de un mecanismo de percepción vigente desde hace más de tres décadas.

Aval a ARBA para que los Registros del Automotor recauden impuestos en la provincia

La Cámara Federal de La Plata, Sala I, falló a favor de la provincia de Buenos Aires y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la Resolución Normativa 26/2024 de ARBA. Así lo informó hoy la Agencia Noticias Argentinas.

La decisión permite que los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA) sigan actuando como agentes de recaudación de los impuestos Automotor y de Sellos.

El pronunciamiento constituye un revés para el Gobierno nacional, que había intentado frenar el régimen a través de una presentación realizada por el Ministerio de Justicia, a cargo de Javier Milei.

En su fallo, la Cámara remarcó que el sistema de percepción en los registros funciona desde hace 34 años sin afectar la actividad registral. Además, advirtió que suspenderlo hubiera provocado un grave perjuicio al erario bonaerense sin generar beneficio alguno al Estado nacional.

Fuentes de la administración provincial destacaron que el fallo “ratifica las potestades tributarias de las provincias y, en particular, su facultad para administrar tributos directos”. En ese sentido, consideraron la resolución como “un triunfo del federalismo y de las autonomías provinciales”.

El tribunal también recordó que los actos administrativos gozan de presunción de validez y que las medidas cautelares contra ellos requieren un estricto cumplimiento de requisitos que, en este caso, no se verificaron.

Con este pronunciamiento, los Registros Seccionales deberán continuar con las prácticas habituales de percepción y/o retención de impuestos, tal como lo establece el Código Fiscal bonaerense y la normativa vigente.

El fallo refuerza así la posición de ARBA y garantiza la continuidad de un mecanismo recaudatorio que asegura ingresos clave para la provincia de Buenos Aires.

Contexto: la Resolución Normativa ARBA 26/2024

La controversia judicial tiene su origen en la Resolución Normativa 26/2024 de ARBA, dictada el 27 de septiembre de 2024, que ratificó la obligación de los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) de actuar como agentes de recaudación de los impuestos Automotor y de Sellos en la provincia de Buenos Aires.

La norma se apoyó en los artículos 39 y 40 del Código Fiscal bonaerense (Ley 10.397), que obligan a los encargados de registros a suministrar información y garantizar el pago de tributos en las operaciones de transferencia de vehículos, bajo responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento.

Además, invocó el artículo 10 de la Ley 13.850, que faculta a ARBA a crear regímenes de percepción, retención y recaudación para asegurar el ingreso de tributos provinciales.

La resolución también recordó que, desde 1991, existe un Convenio de Complementación de Servicios entre la ex Dirección Provincial de Rentas y la DNRPA, que dio origen a la operatoria mediante la cual los Registros Seccionales perciben los gravámenes al momento de inscribir transferencias.

El conflicto se reavivó cuando el Ministerio de Justicia de la Nación, mediante la Resolución 276/2024, denunció los convenios de complementación de servicios suscriptos con provincias y municipios, con el argumento de que interferían con competencias federales.

Frente a ello, ARBA sostuvo que la recaudación se encontraba amparada en normas provinciales con plena vigencia y dictó la RN 26/2024 para “aportar certeza a los distintos sujetos involucrados” y reafirmar que los registros debían continuar recaudando.

Con el fallo de la Cámara Federal de La Plata, esa interpretación fue validada judicialmente, garantizando la continuidad del esquema de percepción que rige en la provincia desde hace más de tres décadas.


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