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Mar, 16 de Septiembre de 2025
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Impuestos
ARCA simplifica el régimen de transportistas de hidrocarburos y elimina el requisito del RUTA
La RG (ARCA) 5757/2025 simplifica la inscripción al Régimen de Transportistas de Hidrocarburos, eliminando la obligación del RUTA y actualizando requisitos de seguridad a la Resolución 414/2021 de Energía.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 16/09/2025 12:21 Hs.
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La Resolución General 5757/2025 adecua el régimen vigente, actualizando referencias normativas y facilitando la inscripción de las empresas de transporte beneficiadas con reducciones impositivas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó la RG 5757/2025, publicada en el Boletín Oficial del 16 de septiembre, que modifica la RG 4775 con el objetivo de simplificar el Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios. Entre las novedades se elimina la exigencia del Registro Único del Transporte Automotor (RUTA), derogado en 2024, y se actualizan las normas de seguridad al régimen vigente de la Resolución 414/2021 de la Secretaría de Energía.

RG 5757 ARCA: simplificación para transportistas de hidrocarburos y eliminación del RUTA

La nueva Resolución General (ARCA) 5757/2025 busca desburocratizar el acceso al Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios, destinado a empresas que realizan traslados de combustibles alcanzados por exenciones o reducciones impositivas en el marco de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.

El cambio más relevante es la eliminación del requisito de acreditar inscripción en el RUTA, registro que fue suprimido por el Decreto 1109/2024 y cuya mención seguía figurando en la RG 4775.

Asimismo, la norma sustituye las referencias de control de condiciones de seguridad que hasta ahora remitían a la histórica Resolución 404/1994 de la Secretaría de Energía, por la Resolución 414/2021, que creó el Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales y dejó sin efecto buena parte de la normativa anterior.

La medida también actualiza remisiones normativas a resoluciones de ARCA más recientes (RG 5048 y RG 4832) y deroga el Título II de la RG 4775, en línea con el proceso de simplificación normativa instruido por el Decreto 353/2025.

El Anexo III fue reemplazado por un nuevo esquema que detalla la documentación a presentar por cada unidad de transporte terrestre, incluyendo la cédula verde o título de propiedad, contratos de uso cuando corresponda, constancias de cumplimiento de la Resolución 414/2021, y acreditación de capacidad de carga.

El Director Ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, destacó que la resolución responde a la necesidad de reducir cargas administrativas para los transportistas, manteniendo a la vez los estándares de seguridad establecidos por Energía.

La norma rige desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial (16/9/2025) y aplica tanto a nuevas inscripciones como a los procedimientos en curso.


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