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Laboral y Previsión Social
ARCA reasigna a la DGI el control de la caducidad y recupero del beneficio ATP
La Disposición ARCA 195/2025 establece que la Dirección General Impositiva asumirá las funciones de control, caducidad y recupero de fondos del beneficio de Salario Complementario del Programa ATP, con resoluciones definitivas en sede administrativa.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 09/09/2025 13:23 Hs.
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La medida adecúa la normativa a la actual estructura institucional tras la disolución de la AFIP y otorga a la DGI la resolución definitiva de recursos jerárquicos en materia de Salario Complementario.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que la Dirección General Impositiva (DGI) será la encargada de aplicar los procedimientos de control, caducidad y recupero de fondos del beneficio de Salario Complementario del Programa ATP. La medida traslada funciones que estaban en cabeza de la ex AFIP y otorga carácter definitivo a las resoluciones de recursos jerárquicos interpuestos contra las declaraciones de caducidad.

ARCA transfiere a la DGI el control de caducidad y recupero del Programa ATP

La Disposición ARCA 195/2025, publicada en el Boletín Oficial el 9 de septiembre de 2025, determinó que la Dirección General Impositiva será responsable de establecer las áreas que asumirán las tareas de control, declaración de caducidad y recupero de fondos vinculados al beneficio de Salario Complementario del Programa ATP.

Según el artículo 1° de la norma, estas funciones habían sido originalmente asignadas a la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social por la Disposición AFIP 48/2021. Con la reestructuración institucional y la disolución de la AFIP, se tornó necesario adecuar el marco normativo a la nueva organización de ARCA.

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), creado por el Decreto 332/2020 durante la pandemia, otorgó al Estado la facultad de cubrir parte de los salarios del sector privado a través del Salario Complementario. Este beneficio estuvo sujeto a condiciones de cumplimiento que ahora serán controladas bajo la órbita de la DGI.

El artículo 2° de la disposición delega expresamente en la DGI la resolución de los recursos jerárquicos interpuestos contra los actos que declaren la caducidad del beneficio. Dichas resoluciones tendrán carácter definitivo, en los términos del Decreto 618/1997.

De esta manera, la DGI no solo controlará la vigencia del beneficio, sino que también decidirá sobre los eventuales reclamos de los empleadores afectados, cerrando la vía administrativa con decisiones inapelables dentro de ARCA.

El considerando de la norma recuerda que, con el Decreto 953/2024, se disolvió la AFIP y se creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero como organismo autárquico. Allí se dispuso que los recursos de la seguridad social serían administrados por la Dirección General Impositiva, bajo la órbita del Ministerio de Economía.

Asimismo, el texto señala que las disposiciones previas de la AFIP “no guardan correlación con la actual estructura organizativa”, lo que justifica la reasignación de funciones para garantizar mayor agilidad y coherencia administrativa.

La medida entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial y fue firmada por el Director Ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo.

Con esta disposición, ARCA busca consolidar el marco legal vigente y unificar las competencias sobre la caducidad y recupero del Salario Complementario, en un esquema que centraliza las decisiones en la Dirección General Impositiva.


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