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Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs: nueva prórroga del plazo de 21 días para su aceptación o rechazo
La Secretaría de la PyME prorrogó hasta octubre de 2026 el plazo excepcional de 21 días para la aceptación o rechazo de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs. Conocé los detalles de la medida y a quiénes alcanza.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 28/10/2025 14:48 Hs.
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La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento (SPyMEyEC) del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 219/2025, la prórroga del plazo de 21 días corridos para la aceptación, cancelación o rechazo de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs (FCE), establecido en los artículos 4°, 5°, 6° y 8° de la Ley 27.440.

La extensión regirá desde el 1° de noviembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, manteniendo en vigencia el régimen excepcional que había sido adoptado para simplificar los procesos administrativos de las empresas receptoras y reducir rechazos por plazos operativos insuficientes.

Según la medida, la prórroga se justifica en los tiempos de procesamiento y revisión que requieren las empresas para validar facturas electrónicas, especialmente en sectores con alta carga documental.

En los considerandos, la SPyMEyEC señaló que el plazo original de 15 días corridos establecido por la ley resultaba “exiguo en razón del proceso operativo y de control interno”, de acuerdo con lo manifestado por la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), que había solicitado formalmente mantener la extensión.

La autoridad de aplicación evaluó que el mantenimiento del plazo de 21 días permite una mayor fluidez en la operatoria, evita readecuaciones informáticas costosas y otorga un marco previsible para las relaciones comerciales entre MiPyMEs y grandes empresas.

Excepciones y alcance

Hasta el 31 de octubre de 2026, el régimen no será aplicable a las facturas o recibos emitidos por MiPyMEs a empresas grandes que sean cedidos antes de su aceptación, rechazo o cancelación, según lo previsto en el artículo 1618 del Código Civil y Comercial de la Nación.

La resolución, firmada por Pablo Agustín Lavigne, secretario de Coordinación de Producción en ejercicio de las competencias de la SPyMEyEC, mantiene así la flexibilidad operativa vigente para el circuito de financiamiento PyME a través de facturas electrónicas.

La norma entrará en vigencia el 1° de noviembre de 2025 y extiende hasta el 31 de octubre de 2026 el plazo excepcional de 21 días para la aceptación o rechazo de las FCE MiPyMEs.

Con esta medida, el Gobierno sostiene el esquema transitorio mientras continúa el análisis integral del sistema de Factura de Crédito Electrónica para su eventual reforma estructural en 2026.


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