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Multas más caras: avanza la ley que endurece los incumplimientos con ARCA
El proyecto de de ley de Presunción de Inocencia Fiscal actualiza de forma masiva las multas de la Ley 11.683, con subas que multiplican hasta por 300 los valores vigentes y sanciones que pueden llegar a $67.500.000.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 18/12/2025 14:46 Hs.
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La iniciativa enviada al Congreso readecúa los montos de las multas tributarias, que permanecían desactualizados desde hace décadas, con aumentos generalizados en infracciones formales, regímenes informativos y obligaciones internacionales.

El proyecto de reforma de la ley de procedimiento tributario pone el foco en la actualización integral del régimen de multas, uno de los aspectos de mayor impacto práctico para contribuyentes y contadores.

La iniciativa reconoce que los montos vigentes habían quedado completamente desnaturalizados por la inflación, lo que restaba eficacia al sistema sancionatorio y generaba incentivos al incumplimiento formal.

Uno de los cambios más visibles es la actualización de las multas mínimas por infracciones formales, que pasan de $200 a $220.000, mientras que las máximas se elevan de $400 a $440.000.

En el caso de la falta de presentación de declaraciones juradas informativas, las sanciones se incrementan de manera sustancial y ahora oscilarán entre $5.000.000 y $10.000.000, según la gravedad del incumplimiento.

También se endurecen las multas vinculadas a regímenes de información complejos, en particular aquellos relacionados con operaciones internacionales y grupos multinacionales.

Por ejemplo, la omisión de información sobre operaciones con sujetos del exterior podrá ser sancionada con multas de hasta $22.500.000, mientras que no designar informante en el régimen País por País podrá implicar sanciones que llegan a $67.500.000.

Las infracciones generales a la Ley 11.683, que antes tenían sanciones simbólicas, pasan a penalizarse con montos que van desde $150.000 hasta $2.500.000, con topes que pueden escalar a $35.000.000 según el tipo de contribuyente.

En términos comparativos, algunas multas se multiplican por más de 200 o 300 veces respecto de sus valores originales, lo que marca un giro contundente en la política sancionatoria del sistema tributario nacional.

El proyecto prevé además que los montos de las multas se actualicen automáticamente por UVA a partir del 1° de enero de 2027, evitando que vuelvan a quedar desfasados en el tiempo.

Desde el Poder Ejecutivo, se sostiene que esta actualización busca restablecer la proporcionalidad del régimen sancionador y reforzar la capacidad disuasiva de las multas, especialmente en materia de incumplimientos informativos.

Sin embargo, especialistas advierten que el brusco incremento nominal, sin escalas de gradualidad vinculadas al tamaño o perfil del contribuyente, podría generar impactos significativos en PyMES y personas humanas.

El debate legislativo ahora se centra en si la actualización masiva de las multas logra un equilibrio adecuado entre eficacia sancionatoria y razonabilidad, o si abre la puerta a futuros cuestionamientos por desproporción en casos concretos.

La propuesta del CPCECABA para atenuar el impacto del aumento

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA había propuesto antes del debate legislativo, actualizar los montos de las sanciones formales del régimen fiscal conforme al IPC, y establecer un sistema de reducción progresiva basado en la capacidad económica del contribuyente. Las propuestas buscan evitar sanciones desproporcionadas y mejorar el cumplimiento voluntario.

En ese marco, se presentó una propuesta ante el Congreso Nacional para modificar el esquema de sanciones contemplado en los artículos 38 a 40 de la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal.

De acuerdo a la presentación oficial, el Consejo sugiere actualizar los importes de las multas utilizando el IPC (Índice de Precios al Consumidor), tal como lo dispone la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

En concreto, se propone incorporar un esquema de reducción porcentual de las multas, teniendo en cuenta la capacidad económica de los sancionados. La idea central es que la penalidad tenga un impacto proporcional al tamaño y recursos del contribuyente, evitando afectaciones desmedidas a pequeños actores económicos.

Según detalla el documento presentado, se contemplan cuatro categorías para aplicar las reducciones:

  • Pequeños Contribuyentes (personas humanas y sucesiones indivisas)
  • Micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos I y II)
  • Entidades sin fines de lucro
  • Demás contribuyentes

Desde el Consejo enfatizan que la medida facilitaría el cumplimiento fiscal voluntario y reduciría el impacto financiero de sanciones automáticas, especialmente en contextos inflacionarios donde los importes no actualizados generan distorsiones y saldos a favor difíciles de recuperar.

La propuesta había sido elevada en su momento al Presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y al entonces Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, José Luis Espert, sin haber obtenido resultado favorable su incorporación al dictamen final.


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