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Resolución General 8/17 COMARB: Se Modifica el Vencimiento para la Presentación y Pago de la DDJJ Correspondiente al Anticipo Septiembre/17
Declaración Jurada. Vencimiento.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 15/09/2017 12:04 Hs.
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[spoiler title='RESUMEN' style='blue' collapse_link='true'] Síntesis: Declaración Jurada. Vencimiento. B.O. 15/09/2017 Vigencia y Aplicación: 15/09/2017 Complementa a:
  • Resolución General N° 21/16 COMARB[/spoiler]

Buenos Aires, 06/09/2017

[spoiler title='VISTO:' style='blue' collapse_link='true'] La Resolución General N° 21/2016, en la que se establecen las fechas de vencimiento según terminación del número de CUIT (dígito verificador) para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral para el año 2017; y,[/spoiler] [spoiler title='CONSIDERANDO:' style='blue' collapse_link='true'] Que la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno (septiembre), terminación dígito verificador 3 a 5, en el mes de octubre tiene como vencimiento el día 16. Que por Decreto N° 52/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, se ha trasladado al día 16 de octubre el feriado del día 12 de octubre en conmemoración al “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”.[/spoiler] Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Establecer el vencimiento de la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno anticipo (septiembre) de la manera que se detalla a continuación:
Anticipo0 a 23 a 56 a 78 a 9
Septiembre13/10/201717/10/201718/10/201719/10/2017
ARTÍCULO 2°.- Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto José Arias, Presidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.Fecha de publicación 15/09/2017
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