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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Estado de la Norma: Vigente
B.O.
Vigencia y Aplicación: 23/02/2018
Organismo Emisor: Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Cantidad de Artículos: 5
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
[spoiler title=’MODIFICA A’ style=’default’ collapse_link=’true’]
– Convenio Colectivo de Trabajo N° 726/15
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
[spoiler title=’VISTO’ style=’default’ collapse_link=’true’]
El Expediente N° 1.770.217/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y[/spoiler]
[spoiler title=’CONSIDERANDO’ style=’default’ collapse_link=’true’]
Que a fojas 117/134 del Expediente N° 1.770.217/17 obra el Convenio Colectivo de Trabajo, celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FÚNEBRES Y AFINES y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES FUNERARIAS, por el sector empleador, de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a fojas 135/136 del Expediente N° 1.770.217/17 obra el Acta complementaria, celebrada por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FÚNEBRES Y AFINES y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES FUNERARIAS, de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado Convenio Colectivo de Trabajo las partes establecen nuevas condiciones laborales, conforme los términos y condiciones allí establecidas.
Que, conforme surge de los archivos y constancias obrantes en esta Cartera de Estado las partes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente.
Que, en mismo sentido el Convenio Colectivo de Trabajo en cuestión reemplaza el Convenio Colectivo de Trabajo N° 726/15 suscripto entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SOECRA) y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FÚNEBRES Y AFINES.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial N° 292 otorgada mediante Resolución N° 102/1955.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.
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[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1° – Declárase homologado el convenio colectivo de trabajo celebrado por el Sindicato Obreros y Empleados de los Cementerios de la República Argentina por la parte sindical, la Federación Argentina de Entidades de Servicios Fúnebres y Afines y la Federación Argentina de Asociaciones Funerarias, por el sector empleador, obrante a fojas 117/134 del expediente 1.770.217/17, conforme a lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° – Declárase homologada el Acta complementaria celebrada por el Sindicato Obreros y Empleados de los Cementerios de la República Argentina por la parte sindical, la Federación Argentina de Entidades de Servicios Fúnebres y Afines y la Federación Argentina de Asociaciones Funerarias, por el sector empleador, obrante a fojas 135/136 del expediente 1.770.217/17, conforme a lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3° – Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el convenio colectivo de trabajo obrante a fojas 117/134 del expediente 1.770.217/17 y el Acta complementaria a fojas 135/136 del expediente 1.770.217/17.
ARTÍCULO 4° – Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologado y de esta disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° – De forma.[/restab]
[restab title=»TEXTO CCT 749/18″]
VER TEXTO COMPLETO CCT 749/18[/restab][/restabs]