Empleados de comercio acuerdan reducir contribuciones patronales a cambio de no despedir trabajadores
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La RG 4615 AFIP reglamenta los requisitos, plazos y formas que deberán observar los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a fin de solicitar la devolución del crédito fiscal originado en virtud del decreto 567/19.
Con el objetivo de ayudar a los contribuyentes en el cumplimento de sus obligaciones tributarias, la AFIP extendió la fecha límite para adherir al régimen de pagos de la Resolución General 4557 hasta el 30 de noviembre de este año. Así lo dispondrá una Resolución General que se publicará el próximo lunes en el Boletín
En uno de los proyectos enviados a la Cámara de Diputados, se prevé el otorgamiento de un crédito adicional en el IVA para aquellos monotributistas que opten por pasar al Régimen General.
La RG 4614 AFIP establece que los administradores de servicios de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital (agrupadores o agregadores de medios de pago) residentes o domiciliados en el país, deberán cumplir con un régimen de información respecto de las comisiones cobradas por el servicio de gestión de pago electrónico que ofrecen, así como de las operaciones efectuadas por los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al mencionado sistema.
La RG 4615 AFIP reglamenta los requisitos, plazos y formas que deberán observar los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a fin de solicitar la devolución del crédito fiscal originado en virtud del decreto 567/19.
Los proyectos tienen como objetivo llevar alivio fiscal, fomentar el empleo formal y las inversiones productivas para que las empresas puedan crecer, invertir y exportar.
A través del micrositio Presentaciones Digitales se informa que AFIP incorporó nuevos trámites disponibles a la multinota digital.
Con el objetivo de continuar generando políticas transversales que favorezcan el desarrollo federal y regional de todos los sectores industriales, hoy ingresaron en el Congreso de la Nación los proyectos de Ley PyME 2.0, Ley de Inversiones y Ley de Promoción del Empleo. El ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica anunció el envío de
La AFIP informa a través del micrositio respectivo que ya inició el proceso de implementación del Libro de IVA Digital notificando a los primeros sujetos obligados.
El Gobierno estableció mediante decreto que el próximo año habrá nuevamente feriados puente con fines turísticos en lugar de los días no laborables como fue en 2018 y 2019.
La Resolución 449/19 SEPyME reglamenta la normativa de aplicación al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de modo de complementar las disposiciones de la Ley 27506 y del Decreto 708/19.
El Decreto 717/19 establece como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley 27399, las siguientes fechas para el año 2020: 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre.
La AFIP aclara en respuesta a una consulta web enviada en el día de ayer que el CITI este mes vence según los plazos originales.
La Resolución 1725/2019 ST aprueba el “Procedimiento para la Actuación de la Inspección Laboral Nacional ante la presencia de adolescentes de 16 y 17 años trabajando”.