Decreto 711/17: Se Reglamenta el Título I de la Ley 27349 de Apoyo al Capital Emprendedor
Apruébase la reglamentación del Título I de la Ley N° 27.349.
Apruébase la reglamentación del Título I de la Ley N° 27.349.
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a través de su Disposición N° 364/17 fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución N° 135/17 de la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo suscripto entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS (UOYEP), por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA (CAIP), por la parte empleadora, conforme al detalle que se adjunta seguidamente:
La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina (UTICRA) y la Federación Argentina de la Industria del Calzado y Afines (FAICA) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 652/12 que rige para todos los trabajadores del país con vigencia desde el 01/06/2017.
Con la publicación de la Resolución General N° 4119, la AFIP parece desobedecer lo que manda la ley y fija que dicha actualización será en el mes de enero de cada año.
En efecto, la Ley N° 27346 estableció modificaciones respecto a la actualización de las escalas de cada una de las categorías y del importe mensual a ingresar al fisco por parte de los contribuyentes dejando de lado la facultad de la AFIP para hacerlo y obligando a una actualización anual de acuerdo al índice de movilidad jubilatoria.
Procedimiento. Operaciones de explotación de tierras rurales por cuenta propia o de terceros usufructuarios. “Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas”. Resolución General N° 4.096-E. Norma modificatoria y complementaria.
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Artículo 52 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias. Nuevos importes. Aumento automático.
Procedimiento. Zona de desastre y emergencia. Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Misiones, Salta, Santa Fe, Tucumán y Río Negro. Oblig. de presentación y pago. Plazo especial.
La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato de Empleados del Caucho y Afines (SECA) y la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 375/04 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.
La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato de Empleados del Caucho y Afines (SECA) y la Federación Argentina del Nuemático (FAN) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 402/05 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.
La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó los acuerdos paritarios entre la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Asociación de Hospitales de Colectividades Particulares sin Fines de Lucro correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 103/75 con vigencia desde el 1 de Junio de 2017 hasta el 31 de Mayo de 2018.
La Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Federación de Sindicatos de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas de la República Argentina (FeSTIQyPRA) y las cámaras empresarias del sector correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 546/09 que rige para todos los trabajadores del país con vigencia desde el 01/05/2017.
Resolución General N° 3640 y sus Modificatorias. Monotributistas Exclusión Pleno Derecho.
Procedimiento. Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Regímenes de facilidades de pago. Resoluciones Generales Nros. 3.827 y sus modificaciones, 3.857 y 4.099-E. Norma modificatoria.
A través de un sistema completamente digitalizado, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires podrá enviar a juicio a los contribuyentes de Ingresos Brutos que se encuentran bajo la modalidad de fiscalización electrónica y poseen deudas de ese tributo derivadas de inconsistencias, desvíos u otras irregularidades. El director de ARBA, Gastón Fossati,